La diferencia entre ser un buen padre o pasar de tu hijo: 105.686 euros

  • Una sentencia excepcional a nivel nacional distingue entre un padre y una madre a la hora de asumir una indemnización que debe pagar su hijo.
Juzgado de Menores de Valladolid.
Juzgado de Menores de Valladolid.
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Juzgado de Menores de Valladolid.

La diferencia entre ser un 'buen padre' o hacer una "dejación absoluta" de un hijo puede pasar factura penal si el menor es condenado por un juez que, como acaba de ocurrir en Valladolid, entiende que la subsidiariedad no debe ser repartida al 50% entre los progenitores si actúan de forma distinta.

El Juzgado de Menores de Valladolid acaba de condenar a un menor a seis años de internamiento terapéutico por un caso de asesinato, además de al pago de indemnizaciones que suman 106.764 euros, que serán asumidos por el padre y la madre del menor, separados desde hace años.

Fuentes judiciales han explicado que lo excepcional de esta sentencia a nivel nacional es la distinción que establece entre el pago que tendrán que asumir subsidiariamente el padre, a quien el juez reprocha su "dejación absoluta de sus obligaciones legales", y la madre, a quien define como "ejemplar".

En la sentencia, el juez establece que el padre tendrá que asumir el 100% del pago de las indemnizaciones impuestas a su hijo menor de edad, mientras que en el caso de la madre lo rebaja al 1%, equivalente poco más de 1.078 euros, por lo que los restantes 105.686 euros serán asumidos por el progenitor.

La dejación de sus responsabilidades por parte del padre llevan al juez a reflejar en su sentencia que, haberse desentendido del apoyo emocional y económico hacia el menor, provocan que ahora tenga que "pechar con sus consecuencias legales".

En el polo opuesto está la visión del juez acerca del papel desempeñado por la madre durante el desarrollo de su hijo, al quedar probado en el juicio sus "denodados esfuerzos" por tratar de reconducir una adolescencia conflictiva, lo que acreditaron los servicios sociales.

"¿Qué más podía hacer la madre del menor?", se llega a preguntar el juez, quien seguidamente sostiene que la mujer ha hecho "todo lo posible humana y legalmente para impedir el daño", en referencia a la agresión que costó la vida a Eli, un hombre travestido a quien el menor agredió brutalmente tras haber mantenido relaciones sexuales en una calle de Valladolid.

Lo novedoso de la sentencia

Fuentes jurídicas y profesionales de los Servicios Sociales han detallado que sí es habitual que, en el caso de menores que están tutelados por la propia Administración, los jueces atiendan una moderación en el pago de la indemnización establecida en las sentencias que favorezca a la institución pública.

Sin embargo, en el caso de los progenitores no suele ser así y, de hecho, el propio juez reconoce en su sentencia que no puede exonerar completamente a la madre del pago subsidiario de las indemnizaciones, por lo que la rebaja al mínimo posible.

En este caso también ha jugado un papel destacado la visión de la Fiscalía, que en el transcurso del juicio llegó a hablar de que en este caso había "dos víctimas": la víctima del crimen y la propia madre del menor.

Con esta referencia, tanto el juez como la Fiscalía incidieron en los esfuerzos de esta mujer para recorrer las instituciones dependientes de los Servicios Sociales en busca de ayuda para mejorar la situación de su hijo.

"Da la impresión en este caso que estamos o bien ante un supuesto de insuficiencia normativa o bien en un deficiente funcionamiento del servicio", llega a plantear el juez en un pasaje de la sentencia, para reflejar lo que considera como "un fracaso del sistema" de intervención social.

Para ilustrar esta afirmación, la sentencia recuerda que, en diciembre de 2016, cuando el adolescente tenía únicamente 13 años (aún no era responsable penalmente), la madre llegó a denunciarle ante la Guardia Civil y llegó a ser condenado por un delito de violencia habitual en el ámbito familiar y cumplió una medida de convivencia en un grupo educativo entre mayo de 2017 y junio de 2018.

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