La querella, interpuesta por la Asociación de Víctimas de las Arbitrariedades Judiciales (JAVA), indica que Hila y Noguera podrían haber "permitido el desarrollo de unas actividades sin las preceptivas licencias habilitantes", así como haber incumplido "la normativa medioambiental en una de ellas", el depósito municipal.
Respecto al Mercado de San Juan, los querellantes consideran que el delito de prevaricación encuentra su origen en "anomalías" en la activación de los sistemas antiincendios de un local del recinto.
En relación a Son Toells, estiman que podría haber prevaricación en la "permisividad" de los querellados con este depósito de vehículos pues a pesar de que se conocía, tal como relatan, que carecía de mecanismos para evitar filtraciones de aceite no "existe constancia" de que iniciaran actividad alguna para evitarlo.
Así, el Juzgado considera que la querella relata hechos que pueden ser "constitutivos de delito" para cuya "persecución no es necesaria la presentación de querella", como lo es el de prevaricación, razón por la cual le atribuyen "ya el valor de denuncia".
Por esto, a pesar de que la querella cuenta con un error de tramitación, tal como ha avanzado 'Última Hora' y ha confirmado posteriormente Europa Press, se abren las diligencias previas y se informa al Ministerio Fiscal.
En concreto, el error de forma es que no se ha presentado cierta documentación necesaria -el poder y los estatutos de la asociación- para la interposición de la querella.
La resolución no es firme y contra ella cabe un recurso de reforma.
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