Gracias a este fallo, el personal del Servicio Público de Salud de esta Comunidad tendrá derecho al total de los días generados por antigüedad, con independencia de la fecha de la jubilación, según informan a Europa Press fuentes de CCOO.
Hasta ahora, cuando cualquier persona trabajadora de Sacyl se jubilaba, las vacaciones y días de libre disposición, tanto normales como por antigüedad, se concedían proporcionalmente al tiempo trabajado en el año.
La presente sentencia ganada en Ávila determina que los días generados por antigüedad (por vacaciones y trienios) deben disfrutarse completos. Se trata de una sentencia ante la que no cabe recurso ordinario alguno.
Dado el tiempo transcurrido y la imposibilidad de disfrutar efectivamente de esos días, la sentencia condena a Sacyl a abonar a la trabajadora una indemnización en concepto de daños y perjuicios.
Aunque el fallo no crea jurisprudencia, "sí es el camino adecuado para el total reconocimiento de un derecho de las personas trabajadoras de Sacyl que estaba siendo ignorado sistemáticamente por la Administración", concluye CCOO.
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