El BOE y el BOIB publican la disolución del Parlament y la convocatoria de elecciones para el 26 de mayo

  • El Boletín Oficial de Baleares y el Boletín Oficial del Estado han publicado este martes conjuntamente el Decreto 2/2019, de 1 de abril, de la presidenta de Baleares, de disolución del Parlament y de convocatoria de elecciones.
El Parlament aprova la Llei de Consells Escolars que incorpora a inspectors i el
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EUROPA PRESS - Archivo
El Parlament aprova la Llei de Consells Escolars que incorpora a inspectors i el

Según ha informado la Cámara balear en un comunicado, en este decreto disuelve el Parlament elegido el 24 de mayo de 2015 y se convocan elecciones a la cámara para el próximo 26 de mayo de 2019.

Se determina también que la campaña de estas elecciones tendrá una duración de 15 días: empezará a las 00.00 horas del día 10 de mayo de 2019 y acabará a las 00.00 horas del día 24 de mayo de 2019.

Las elecciones en el Parlament están regidas por la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, electoral de la Comunidad Autónoma de Baleares, que en el artículo 12 establece que las circunscripciones electorales insulares de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera elegirán, respectivamente, 33, 13, 12 y un diputados.

Además, define que, a los efectos de la atribución de escaños, no serán tenidas en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 5 por ciento de los votos válidos emitidos en la circunscripción.

La atribución de los escaños a las candidaturas que hubieran superado este porcentaje se realizará en conformidad con lo dispuesto al artículo 163.1 de la Ley Orgánica del Régimen electoral general, en cada una de las circunscripciones electorales, es decir, a través de la conocida como regla D'Hondt.

El órgano encargado de velar por la transparencia, la objetividad y el principio de igualdad en estos comicios es la Junta Electoral de Baleares.

En el caso del Parlament, y tal como define el artículo 61 del Reglamento, la Diputación Permanente tiene por función velar por el poder de la Cámara balear cuando este haya sido disuelto o haya expirado el mandato, casos en los cuales continuará ejerciendo sus funciones hasta que se constituya el nuevo Parlament, al cual rendirá cuentas de su gestión.

Tal como se establece en el Estatuto de Autonomía de Baleares y en el Reglamento del Parlament, celebradas eleccionesy una vez proclamados oficialmente los resultados de estas, la sesión constitutiva tendrá lugar en el plazo máximo de 60 días después de la fecha de celebración de las elecciones.

Dentro de los quince días siguientes a la constitución del Parlament, el presidente de este, habiendo consultado previamente con los portavoces designados por los partidos o grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá en la cámara un candidato a la Presidencia de la comunidad autónoma.

Si la persona candidata propuesta obtiene el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, se entenderá otorgada la confianza. Si no lo obtiene en la primera votación, se procederá a otra, pasadas cuarenta y ocho horas, y la confianza se entenderá otorgada si obtiene mayoría simple.

Si en estas votaciones la Cámara no otorga la confianza, se tramitarán propuestas sucesivas en la forma prevista anteriormente. Si transcurrido el plazo de sesenta días, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato obtiene la confianza del Parlamento, este quedará automáticamente disuelto y se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones.

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