"De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional", según consta en la resolución remitida por el TSJCyL y recogida por Europa Press.
El auto de sobreseimiento puede ser recurrido.
Fue el promotor del concierto el que presentó una denuncia contra David Bustamante al considerar que la cancelación del espectáculo le había provocado un perjuicio económico.
El cantante alegó problemas en la garganta para cancelar el concierto y para ello aportó un justificante médico.
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