Indemnizado con 50.000 euros por el retraso de una mutua laboral en el diagnóstico de rotura del tendón de Aquiles

  • La mutua laboral solo le trató por la fractura de un hueso del tobillo, lo que le provocó que el tendón se deteriorase aún más.
  • Sufrió la lesión en febrero de 2012 pero esta no le fue diagnosticada hasta junio de ese mismo año.
Una ambulancia del SEM.
Una ambulancia del SEM.
EUROPA PRESS
Una ambulancia del SEM.

El TSJC ha obligado a una mútua laboral a indemnizar a un paciente al que no le diagnosticaron a tiempo la rotura del tendón de Aquiles, lo que le provocó un grave deterioro de este tendón y acabó con dos intervenciones quirúrgicas.

El hombre ha sido indemnizado hace unas semanas con 50.000 euros por una lesión que sufrió en febrero de 2012 y no fue diagnosticada hasta junio de ese año.

De hecho, la mutua inicialmente solo le inmovilizó la pierna por la fractura de un hueso del tobillo.

Este trabajador autónomo de Barcelona y de 61 años de edad sufrió un accidente laboral al caer de una escalera en febrero de 2012. Fue atendido por su mutua laboral, que le inmovilizó la pierna al diagnosticarle una fractura tibial, y pasó por alto la rotura del tendón de Aquiles, como consecuencia de una deficiente exploración del paciente lesionado.

En junio de 2012, y por la insistencia del paciente, se le realizó una resonancia magnética que objetivó la lesión del tendón. No obstante, el retraso diagnóstico propició que el estado de los extremos rotos del tendón estuviesen en tan mal estado, por el tiempo transcurrido sin tratamiento, que fueron necesarias dos cirugías, consistiendo la última de ellas en la colocación de un anclaje para unir los dos extremos rotos del tendón.

Sobre esto, el juzgado contencioso-administrativo número 3 de Barcelona confirmó las pretensiones que formuló la asociación El Defensor del Paciente, indicando literalmente en la sentencia de primeria instancia que "el retraso en el diagnóstico provocó, como se ha probado, un tratamiento incorrecto y perjudicial para la lesión, ya que provocó  la retracción de los extremos del tendón roto".

La sentencia fue recurrida por la mutua demandada, y se resolvió mediante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que confirma que hubo un retraso diagnóstico imputable al personal de la mútua que atendió al trabajador lesionado.

Tras dos sentencias favorables, el demandante tuvo que reclamar extrajudicialmente a la mútua para que cumpliese con su obligación de indemnizar al lesionado, y no ha sido hasta finales del año 2018 cuando la mutua pagó 50.000 euros a la víctima.

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