La mayor parte de las mismas, el 59% se han elaborado a través de los dictámenes de peritos, que no tienen por qué conllevar una visita in situ al inmueble; mientras que el 36% se llevaron a cabo a través de tasaciones hipotecarias y el 1% restantes por otras medidas.
Y es que la Administración asturiana ha tenido que modificar el mecanismo con el que sistemáticamente comprobaba los valores de los inmuebles tras la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2018 que determinó, al pronunciarse sobre un caso de Castilla-La Mancha, que el procedimiento utilizado por esa región y por otras como Asturias (multiplicar el valor catastral por un coeficiente que varía según cada concejo, sin inspección ni evaluación más concreta de la propiedad) "no es idóneo ni adecuado" si no va a acompañado de una tasación específica.
Así, según los datos facilitados a Europa Press por la consejería de Hacienda, en el mismo periodo de 2017 -en el último trimestre- se llevaron a cabo 521 comprobaciones siendo el 87% de las mismas calculadas con la aplicación del sistema de coeficientes.
En ese periodo tan sólo el 13% de las comprobaciones se llevaron a cabo a través de los dictámenes de peritos.
La sentencia del Supremo, además de tumbar el sistema de coeficientes, traslada a la Administración, y no al contribuyente, la obligación de demostrar, con tasaciones específicas y motivadas, que el valor declarado es inferior al real.
En estos momentos el Ministerio de Hacienda está trabajando en un nuevo "valor de referencia del mercado inmobiliario" que el propio contribuyente podrá
utilizar como base imponible a la hora de liquidar el impuesto. En este sentido todas las administraciones autonómicas están ahora mismo en una situación transitoria en tanto no se aprueba este nuevo valor.
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