El caso de la niña Sara se convertirá en el juicio con jurado más largo de la historia judicial vallisoletana

  • VALLADOLID, 12 (EUROPA PRESS)
Sala de vistas de la Audiencia de Valladolid.
Sala de vistas de la Audiencia de Valladolid.
EUROPA PRESS
Sala de vistas de la Audiencia de Valladolid.

La muerte de la niña Sara ocurrida en agosto de 2017, por la que se encuentran encausados su madre y su compañero sentimental, será juzgada en abril o mayo de 2019 en el que se convertirá en el juicio con jurado más largo en la historia de la Audiencia de Valladolid.

Así lo ha anunciado este miércoles el presidente de la Audiencia Provincial y de la Sección Segunda de lo Penal, Feliciano Trebolle, quien apunta que la vista oral podría celebrarse en uno de esos dos meses y se prolongará por espacio de unas tres semanas, con participación de hasta cuarenta y cinco testigos y una docena de peritos.

Su sala será, precisamente, el tribunal sentenciador después de que el pasado mes de septiembre el Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid decretara la apertura de juicio oral por el procedimiento de jurado popular contra Davinia M.G. y su excompañero sentimental, Robero H.H, por su presunta implicación en el crimen de Sara, la niña de 4 años hija de la primera que falleció en agosto de 2017 víctima de lesiones y abusos sexuales.

En aquel auto, la instructora decretó además la responsabilidad civil de los dos acusados. Y a tal fin, se les requería para que presentasen fianza, de forma conjunta y solidaria y por iguales partes entre sí, por importe de 150.000 euros, y en caso de no hacerlo acordar el embargo de sus bienes en cantidad suficiente para cubrir dicha suma, acreditándose en su caso su insolvencia.

PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

Las cuatro acusaciones, Fiscalía, las dos populares (Asociación Clara Campoamor y Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tragos (Adavasymt)) y la particular-representa al padre biológico de la pequeña-reclaman prisión permanente revisable para Roberto H.H.

Además, tanto Fiscalía como las dos acusaciones populares interesan la misma medida para la madre de la niña, con la única diferencia de que la acusación particular ejercida por el padre biológico solicita la libre absolución de Davinia, para quien no hace petición alguna al considerar que ella no estaba al corriente de la situación y alega que si se hubiera percatado de lo ocurrido habría reaccionado para evitar lo ocurrido.

Fiscalía considera a Roberto H.H. autor material de seis delitos de maltrato con lesiones en el ámbito familiar, un delito de maltrato habitual, otro de violación a una menor de 16 años y asesinato. Mientras, respecto de la madre le imputa los mismos delitos por omisión, así como otro, este en calidad de autora material, de abandono de menores.

Así, la acusación pública interesa para ambos procesados, por el delito de asesinato, prisión permanente revisable, así como por el resto penas que suman para Roberto 24 años de cárcel y 25 para la progenitora de la pequeña, además de 15 años de libertad vigilada una vez salieran de la cárcel.

Por su parte, Adavasymt imputa a los dos encausados un delito de asesinato, seis delitos de lesiones y otro de maltrato, así como un delito continuado de violación en el caso de Roberto y de abandono de menores en el caso de Davinia, con lo que, amén de la petición de prisión permanente revisable para ambos, esta acusación popular pide para la mujer un conjunto de penas que suma 13 años de cárcel y para el que fuera su novio, 24.

Finalmente, la Asociación Clara Campoamor, representada por Luis Antonio Calvo, observa en la conducta de los procesados delitos de lesiones, con petición de un año por cada uno, un delito de lesiones merecedor de cinco años, otro de maltrato habitual por el que solicita tres años, uno de violación a menor de 16 años, con petición de 15 años más, y otro de asesinato, por el que interesa la prisión permanente revisable además de otros 15 años de libertad vigilada una vez que recuperen la libertad.

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