Cámara de Cuentas propone a la Diputación adaptar su aplicativo de transparencia para los municipios

  • La Cámara de Cuentas de Andalucía ha propuesto a la Diputación Provincial de Almería dentro de su fiscalización del principio de transparencia que el aplicativo informático puesto al servicio de los municipios se adapte a la normativa autonómica y "sea lo más asequible posible" para estos así como que se les facilite "una formación adecuada y asistencia informática" al respecto, o, en su defecto, "los sistemas y procedimientos para incorporar la información a la aplicación informática".

Así consta en las recomendaciones efectuadas por el órgano fiscalizador a través de un informe en que señala que la asistencia técnica prestada por la Diputación a los ayuntamientos de la provincia para que éstos puedan cumplir con la normativa sobre transparencia se efectúa a través de un aplicativo informático puesto a disposición de todos los municipios, incluidos los de mayor población, mediante la Red Provincial de Comunicaciones.

No obstante, este programa informático "no se encuentra adaptado a la normativa autonómica sobre transparencia", ya que sus indicadores "no se ajustan a la legislación sobre transparencia, pues hay 25 requerimientos contenidos en la legislación autonómica que no se encuentran incluidos, en todo o en parte, en el programa informático", de manera que a partir de dicho aplicativo "los municipios no pueden cumplir estrictamente con la legislación".

Desde la Cámara de Cuentas se ha comprobado que aunque había 79 ayuntamientos - el 77 por ciento de los municipios de Almería- que tenían portal de transparencia como consecuencia de la asistencia técnica de Diputación, solo 22 "tenían depositada alguna información sobre publicidad activa" mientras que el resto de portales "no contiene información alguna". A su vez, de los 22 municipios que han hecho uso del portal, solo dos "tienen un nivel de información adecuado".

A pesar de ello, y según las indagaciones del órgano, el 61 por ciento de los municipios con población comprendida entre 5.000 y 30.000 habitantes consideran que la asistencia técnica facilitada por la Diputación Provincial es "normal, adecuada o muy adecuada" para hacer uso del aplicativo.

Para la Cámara, la Diputación Provincial "debe adoptar las medidas precisas para fomentar que los municipios, a partir del programa informático puesto a su disposición, puedan cumplir con el principio de transparencia", pues la asistencia técnica prestada a todos los municipios "no cumple con el principio de eficacia, ya que solamente el 21 por ciento incorpora en sus páginas web alguna información sobre publicidad activa, y tan solo el dos por ciento contiene un nivel de información adecuado".

ORDENANZA DE TRANSPARENCIA

En el análisis de su Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información, Reutilización y Buen Gobierno, aprobada el 28 de septiembre de 2018, la Cámara observa que la misma "contiene más requerimientos de los estrictamente previstos en la normativa sobre transparencia" por lo que la entidad provincial "debe cumplir tales requerimientos".

La Cámara considera que es "conveniente" facilitar la accesibilidad general de la información sobre transparencia y unificar, en su caso, los indicadores que figuran en el Portal de Transparencia del portal de la Diputación "pues la dualidad existente no favorece el acceso de los ciudadanos a la información pública".

En esta línea, y tras el análisis efectuado en el que determina que la Diputación "cumple, en todos sus aspectos significativos, con la normativa aplicable al principio de transparencia en su vertiente de publicidad activa" con ciertas salvedades, aboga por que la institución elabore anualmente una memoria en la que se recoja el desarrollo y cumplimiento del principio de transparencia, así como los resultados de la asistencia prestada en esta materia a los municipios de la provincia.

ACCESO A LOS PLENOS

En relación al cumplimiento de la legalidad sobre transparencia, la Cámara apunta que la Diputación Provincial de Almería no facilita el acceso a través de internet de sus sesiones plenarias, bien transmitiendo la sesión, bien dando acceso al archivo audiovisual grabado una vez celebrada la misma, tal y como requiere el artículo 21 de la LTPA.

Asimismo, no se publican las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos normativos con ocasión de la publicidad de los mismos y tampoco se encuentran publicadas las indemnizaciones que perciben los altos cargos de la Diputación como consecuencia de los viajes que efectúan.

La Cámara echa en falta en el portal de transparencia los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización de los órganos de control externo que afectan a la Diputación. Además de estas cuestiones, el órgano fiscalizador incide en otras materias sobre la distribución y organización de la información que se ofrece en su portal, que puede "dificultar el acceso" a la publicidad activa en ciertos casos.

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