"Así, la parte de la tramitación de las solicitudes para la obtención de las ayudas correspondiente a la admisión de solicitudes de ayuda, las actuaciones instructoras y la formulación de propuestas de resolución, las llevará a cabo directamente el órgano competente para después dictar resolución", ha apuntado en rueda de prensa.
En el caso de las ayudas para vehículos siniestrados, el órgano competente será la Conselleria de Trabajo, Comercio e Industria; las ayudas para daños de viviendas se tramitarán desde la Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad; y las ayudas por defunción las tramitará la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas.
Asimismo, el decreto también deroga la Comisión Evaluadora Única con el objetivo de "agilizar la tramitación de las ayudas que se soliciten a través de los diferentes puntos correspondientes ubicados de los municipios afectados".
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