Para los trenes de Cercanías de Renfe, estos servicios mínimos se han cifrado en un porcentaje de entre un máximo del 75%, en horario punta, y un máximo del 50% del servicio habitual en el resto del día, según ha informado Renfe en nota de prensa.
En Media Distancia circulará el 65% de los trenes y en Alta Velocidad/Larga Distancia, el 78% de los trenes. Para los trenes de mercancías, se establece un porcentaje del 26% del servicio habitual.
El Decreto de Servicios Mínimos, que se puede consultar en
www.renfe.com, incluye todos los trenes de Media Distancia y Ave/Larga Distancia que sí circularán con normalidad ese día en su horario habitual. Puede consultar toda la información en el siguiente ENLACE.
MEDIDAS DE POSTVENTA
Para los viajeros de Ave/Larga Distancia y Media Distancia cuyo tren esté afectado por los servicios mínimos y por lo tanto no esté incluido en la relación que se recoge en el decreto, Renfe ha establecido una serie de medidas de postventa.
Así, a los viajeros afectados por trenes suprimidos se les ofrecerá, siempre que sea posible, viajar en otro tren en el horario más aproximado al adquirido.
Si no desean realizar el viaje, podrán anular o cambiar para otra fecha su billete sin ningún coste. Las operaciones de anulación o cambio se pueden realizar en todos los canales de venta de Renfe.
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