Tráfico ha reconocido que la resolución del pasado 1 de septiembre relativa al desvío obligatorio de camiones por la AP-68 provocó "incertidumbre".
Por eso, ha hecho pública una nota aclaratoria en la que explica que "los camiones que tengan la obligatoriedad de desviarse a la AP-68 podrán realizar salidas a la Nacional-232 para llevar a cabo avituallamiento o abastecimiento".
Se incluye también el repostaje, "puesto que repostar es una operación de abastecimiento de combustible, inherente a la actividad del transporte de mercancías".
Estas salidas deben realizarse siempre "en el trayecto mínimo imprescindible, y volviendo necesariamente por el mismo itinerario".
Asimismo, las salidas estarán "convenientemente justificadas, pudiendo los agentes de la Guardia Civil de Tráfico solicitar los debidos justificantes, tickets de pago o cualquier documento que, reflejando fecha y hora, acredite que se ajusta a los términos de la exención".
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