El TSJA anula el Plan de la Carretera de Palma sin rechazar el uso industrial

  • Este fallo suspende el citado plan, que fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en enero de 2006.
  • La Gerencia de Urbanismo acata la sentencia y que no tiene previsto recurrir.
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el Plan Especial en Suelo no Urbanizable de Carretera de Palma del Río mientras que considera que está justificado el uso industrial en las naves de Arenal 2000, propiedad del empresario Rafael Gómez.

Este fallo suspende el citado plan, que fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en enero de 2006, además de todas las actuaciones para su desarrollo que se han llevado a cabo, como los proyectos de actuación.

La sentencia considera que uno de los motivos por los que prospera el recurso contra este plan, interpuesto por particulares y la Junta de Andalucía, es que la elaboración del plan partió de una iniciativa privada.

El TSJA ha estimado que el Reglamento del Planeamiento establece expresamente que los "planes especiales que desarrollen las previsiones del planeamiento serán redactados de oficio por las entidades locales, entidades urbanísticas especiales" u otros organismos, mientras que en este caso es "un plan especial de iniciativa particular".

Otro de los aspectos en los que el TSJA no ha dado la razón al Consistorio cordobés es que el Plan Parcial contemplaba una modificación de una vía pecuaria, algo que debía recogerse en una innovación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Por último, el tribunal ha indicado que no están justificados lo permisos para usos agropecuarios, deportivos, de ocio, de hostelería, educativo y turístico, porque "conlleva una fuerte revalorización".

En cuanto a los terrenos de las antiguas instalaciones de Colecor, el fallo indica que ha de entenderse que la justificación para desarrollar usos industriales "se encuentra implícita en la propia regulación y la realidad existente".

Las reacciones

El presidente de la Gerencia de Urbanismo, Andrés Ocaña, ha señalado que acata la sentencia y que no tiene previsto recurrir, por lo que lo que a partir de este momento "queda sin efecto el Plan Especial de la Carretera de Palma".

Por ello, se reformulará esta cuestión que tendrá que pasar de nuevo por todos los trámites, algo que según Ocaña puede llegar a tardar en torno a un año.

No obstante, ha recalcado que este fallo no afecta a la sanción impuesta al empresario Rafael Gómez por haber construido ilegalmente unas naves en el antiguo recinto de Colecor y que ningún empresario podrá pedir indemnizaciones al Consistorio.

Por su parte, el primer teniente de alcalde, Rafael Blanco, ha precisado que, en este momento, la recomendación es "el acatamiento de la sentencia", por lo que es "una magnífica oportunidad de empezar de nuevo respetando los derechos de todos.

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