Así, según el texto de la nueva norma, consultado por Europa Press y que será aprobado este viernes, la nueva Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción tendrá entre sus funciones el examen de la situación patrimonial de los altos cargos al finalizar su mandato.
El artículo 45 de la nueva ley señala que se verificará el adecuado cumplimiento de las obligaciones y la existencia de indicios de enriquecimiento injustificado, teniendo en consideración los ingresos percibidos a lo largo de su mandato y la evolución de su situación patrimonial.
De esta forma, la Oficina elaborará un informe de comprobación de ese patrimonio de los altos cargos, de oficio y en el plazo de tres meses desde su cese. Con carácter previo a su aprobación, según señala la ley, se deberá dar traslado al interesado de la propuesta de informe para que, en el plazo de quince días, formule las alegaciones que estime convenientes.
Finalizado este plazo, el informe será objeto de aprobación y notificación a los altos cargos cuya situación patrimonial haya sido examinada. Si de los datos y hechos constatados pudieran derivarse indicios de enriquecimiento injustificado, la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción podrá solicitar la colaboración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a los efectos de aclarar dicha información. Si de este procedimiento pudiera derivarse la existencia de responsabilidades administrativas o penales, se dará traslado a los órganos competentes para que, en su caso, inicien los procedimientos que resulten oportunos.
La nueva Oficina será un órgano del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, un nuevo ente público que contará con una sección presupuestaria propia, sin perjuicio de su adscripción a la Consejería competente en materia de transparencia. Dispondrá para el desarrollo de sus funciones con el personal funcionario del Principado de Asturias que le sea adscrito.
El presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias será elegido por el Pleno de la Junta General del Principado de Asturias, por mayoría de dos tercios,
por un período de cinco años, renovable por una sola vez, entre personas de reconocido prestigio, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia. Tendrá la condición de alto cargo.
Además del presidente, el pleno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesto por vocales. Uno de ellos será un vocal del Consejo Consultivo del Principado de Asturias que éste designe; los grupos de la junta General del Principado designarán cada uno su vocal; dos vocales más por parte de la Federación Asturiana de Concejos; y otro vocal será un representante de la Universidad de Oviedo; uno de los síndicos de la Sindicatura de Cuentas.
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