El TSJCV anula 11 artículos del decreto que regula el uso del valenciano en la administración

  • El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado la nulidad parcial del Decreto 6/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la Administración pública autonómica. En concreto, deja sin efecto un total de 11 artículos, entre otros los que dan un uso destacado al valenciano sobre el castellano en las notificaciones, la rotulación de edificios y la comunicación entre los empleados públicos y con los ciudadanos.
Fachada del TSJCV
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Europa Press - Archivo
Fachada del TSJCV

De esta manera, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano estima parcialmente el recurso interpuesto por dos diputados del grupo popular y anula 11 artículos y una disposición final. La sala considera que la norma "ignora la realidad plurilingüe" de la Comunitat Valenciana reconocida en el Estatuto de Autonomía, explica el TSJCV a través de un comunicado.

En los preceptos anulados se da un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de estos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.

Sobre algunos de estos artículos, apunta el alto tribunal, ya había emitido informe desfavorable el Consejo Jurídico Consultivo.

Los magistrados validan el resto de la norma cuya nulidad íntegra reclamaban los recurrentes, que mantenían que la discriminación positiva a favor del valenciano no garantizaba el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración en la lengua oficial de su elección.

((Habrá ampliación))

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