Junta rechaza la petición del Procurador del Común para derogar la orden que afecta al control sanitario del agua

  • La Junta de Castilla y León ha rechaza una resolución del Procurador del Común a través de la que ha solicitado que se derogue "de inmediato" la orden que permite a las entidades locales menores darse de baja en el control sanitario del agua de consumo humano, según han informado a Europa Press fuentes de la Institución.

En concreto, la organización que preside Javier Amoedo, ha abierto otras 68 actuaciones de oficio específicas para conocer por qué se están dando de baja "teniendo en cuenta el riesgo que puede suponer para la población". Como informa el Procurador esta "autoexclusión" se está produciendo en las entidades menores de provincias de León, Soria y Zamora, en el resto de la Comunidad ninguna se ha dado de baja.

Son más de 160 poblaciones que afecta a más de 4.000 personas censadas, población que en estos núcleos como mínimo se duplica en época estival.

El Procurador del Común tuvo conocimiento que algunas localidades deCastilla y León, que contaban con menos de 50 habitantes, estaban requiriendo la exclusión de la vigilancia sanitaria del agua que suministraban a través de sus redes públicas, con lo que quedaban así estos abastecimientos "al margen" de la garantía sanitaria quese venía ofreciendo por parte de la Consejería de Sanidad.

Esta situación dio lugar a la tramitación de una actuación de oficio del Procurador del Común, a la que se unió con posterioridad una reclamación a instancia de parte presentada por una entidad local menor perteneciente a un municipio de la provincia de León que denunciaba que con esa medida se vulneraba su derecho a la igualdad y a la salud.

Tras requerir la oportuna información se puso de manifiesto por laConsejería que en efecto había ayuntamientos que habían solicitado laautoexclusión de la vigilancia sanitaria de determinados abastecimientos, y que la única labor que realiza la Junta es la de tomar nota de dicha exclusión y "lógicamente" dejaba de supervisar las actuaciones municipales en esta materia.

A juicio de la Defensoría la situación de municipios con ningún suministro público vigilado o con unos vigilados y otros no podría vulnerar, entre otros, el derecho de los vecinos a acceder a la prestación del servicio público, puesto que no puede considerarse como tal la recepción de un suministro sin desinfectar, sin controlar y respecto del cual no se efectúa por la autoridad competente la oportuna vigilancia sanitaria.

A esto ha sumado también los derechos a la igualdad y no discriminación, pues en este caso sería un factor poblacional, la residencia en una localidad de menor tamaño, la que condicionaría de manera definitiva si el agua que recibes en tu domicilio es salubre o no.

La desigualdad referida no solo se limita a vecinos de un mismo municipio o de estos con los municipios colindantes, sino que la situación descrita pone de manifiesto también una "cierta desigualdad" en el territorio, ya que existen provincias (en concreto Ávila, Segovia y Valladolid) en las que ningún municipio ha solicitado la autoexclusión, que sin embargo afecta intensamente a las provincias de León, Soria y Zamora, sin que se haya podido establecer las razones concretas que han llevado a esta situación, puesto que la realidad geográfica y demográfica en todos ellas, aun con sus características especiales, resulta bastante similar (número importante demunicipios pequeños, con baja población).

El Procurador cree que la solicitud de autoexclusión "nunca" debería propiciar la perdida de garantía sanitaria en un suministro público, además "no se puede olvidar" que en muchos de estos núcleos, la población residente es mayor o vulnerable y no cuentan con posibilidades de acudir a suministros alternativos.

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