El PP de Valencina achaca la sentencia del TSJA a "un capricho del alcalde por defender a los suyos"

  • Ante la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que desestima un recurso del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción (Sevilla), gobernado por Antonio Manuel Suárez (PSOE), contra una sentencia previa que anula el régimen de dedicación "parcial del 90 por ciento" de la tercer teniente de alcalde, Concepción Cózar (PSOE), el PP de dicho municipio avisa de que el litigio deriva de "un capricho del propio alcalde en su intento de defender a los suyos".

Ante esta sentencia del TSJA respecto a este litigio promovido por la Administración del Estado contra la dedicación "parcial del 90 por ciento" de la tercer teniente de alcalde, el PP de Valencina ha afirmado que "el alcalde tiene que explicar por qué no ha atendido el requerimiento desde el principio", en alusión a la oposición del Estado a dicha dedicación parcial.

El candidato popular en Valencina, Ramón Peña, ha lamentado "la falta de información y el aparente oscurantismo con que el alcalde ha llevado este asunto", recordando que fue en 2016 cuando el Ministerio de Hacienda manifestó su rechazo a dicha dedicación parcial del 90 por ciento.

Además, ha señalado que igualmente, "el alcalde tiene que dar explicaciones de los motivos por los que ha habido que llegar a un contencioso administrativo, por qué no ha informado en el pleno del asunto atribuyéndose en solitario esta decisión, así como quién va a pagar los gastos judiciales de lo que parece un capricho del propio alcalde en su intento de defender a los suyos".

"Vamos a estudiar si el alcalde podría haberse atribuido competencias que no le conciernen, ya que podría haber tomado la decisión de seguir con un contencioso en solitario, sin tener en cuenta las decisiones del pleno", dice el edil del PP, que critica que Suárez "se tome tantas molestias por una concejal de su partido, mientras lleva diez años sin actualizar el convenio de los trabajadores".

"Es alarmante el tiempo y esfuerzo que dedica el alcalde cuando se trata de asuntos que conciernen a su partido y el caso omiso cuando son temas que afectan otras personas, como es el caso de la falta de actualización del convenio de los trabajadores desde hace diez años", ha rematado.

En su sentencia, recogida por Europa Press, el TSJA desestima el recurso de apelación del Ayuntamiento, porque "tiene que existir alguna diferencia entre la dedicación exclusiva y la parcial". Así, el TSJA zanja que la "diferencia" entre las dedicaciones exclusivas y parciales "no puede ser tan insignificante que permita eludir las restricciones que impone la norma legal".

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