Tribunales.- Piden el indulto para un hostelero condenado a tres años y medio de cárcel por la música de su bar

  • El despacho de abogados de Vega & Asociados ha solicitado el indulto parcial para un hostelero de Huelva de 57 años de edad que fue condenado, por sentencia firme en febrero de 2017, a tres años y medio de prisión por un delito medioambiental, en concreto contaminación acústica, al superar el bar que regentó durante once años los límites legales de sonido y sin contar con autorización para emitir música, y que no ha podido eludir la prisión debido a un cúmulo de coincidencias legales.
Audiencia Provincial de Huelva
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Europa Press/Archivo
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Se trata de un caso excepcional, ya que el mismo juzgado que lo condenó, el de lo Penal número 2, expresaba en la sentencia su "posición favorable a que le sea concedido por el Gobierno un indulto parcial", entendiéndolo así también el Ministerio Fiscal que "ve razonable una petición de indulto dado que ya se ha satisfecho la responsabilidad civil", que era una indemnización de 7.053 euros a cada uno de los dos perjudicados, según han informado a Europa Press desde el citado despacho.

Para de Vega & Asociados, que comenzó a representar al procesado una vez que la sentencia ya era firme y se iba a ejecutar, es de rigor solicitar al Ministerio de Justicia el indulto parcial para su cliente debido a las circunstancias especiales que se han dado en el proceso, entre "fallos de técnica legislativa, al equiparar todos los delitos medios medioambientales, independientemente de su tipología, y la existencia de un concurso ideal de delitos que han impedido separar las penas para conseguir su suspensión".

El objetivo es que la condena se quede por debajo de los dos años y, de esa manera, poder suspender su ejecución. Por otro lado, el bufete deja claro el máximo respeto hacia los afectados, un matrimonio que vivía justo encima de su bar y que denunció la situación por las molestias causadas.

Desde el despacho de abogados consideran que existen suficientes motivos para que le sea concedido el indulto parcial a esta persona, ya que el delito medioambiental por contaminación acústica, por el que es condenado, "debería contemplar un subtipo para estos supuestos y no lo tiene", produciéndose en este caso "una gran desproporción, ya que el Código Penal no hace distinciones entre superar los límites legales establecidos de sonido en un bar-cafetería y, por ejemplo, contaminar un río, quemar un bosque o emitir radiaciones".

"DESAFORTUNADA COINCIDENCIA"

Asimismo, se suma un delito de lesiones, dándose en este caso un concurso ideal de delitos, al ser un mismo hecho que supone la comisión de dos delitos, ya que fue el mismo ruido por la música del bar el que provocaría las lesiones en los afectados. De haber sido dos hechos distintos, se hubieran tratado como delitos distintos, con penas separadas y se podría haber evitado el ingreso en prisión.

Sin embargo, este concurso ideal de delitos -medioambiental y lesiones- implica un tratamiento a efectos de condena como un solo delito, por lo que la pena es sólo una, la suma que hace tres años y medio de cárcel.

Otra circunstancia que podría haber servido al procesado para rebajar la pena, como atenuante y evitar la prisión, sería el abono de la indemnización (responsabilidad civil) al matrimonio para rebajar los daños, siempre que ello se hubiera hecho en momento anterior al juicio.

En este punto, cabe destacar que el cliente no pudo indemnizar en su momento a las víctimas por imposibilidad económica y física, tras haber sufrido un accidente. No se pudo aplicar, por tanto, esta atenuante, con la que seguramente la pena no habría superado los dos años. En concreto, al hostelero le fue imposible abonar la indemnización debido a que sufrió un grave accidente, una caída desde una altura de ocho metros que le ha dejado una incapacidad reconocida del 23 por ciento.

El cliente ha pagado ya los 14.000 euros de la indemnización al matrimonio -después de celebrado el juicio-, cumplimiento que esperan los abogados sea tenido en cuenta por el Ministerio de Justicia a la hora de valorar el indulto.

Por último, el despacho considera que la pena de prisión es "excesiva" para su cliente, y confía en una resolución favorable en base a las argumentaciones expuestas, dado que también se dan una serie de circunstancias familiares, con dos hijas adultas, un hijo de seis años, un nieto de diez y su actual pareja embarazada, que deben tenerse en cuenta para serle concedido el indulto parcial.

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