TS avala la denegación del incentivo de agencia IDEA a Matsa de 8,6 millones para ampliar su planta

  • El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la decisión de la Agencia IDEA de denegar a Minas de Aguas Teñidas S.A. (Matsa), ubicada en Almonaster La Real (Huelva), un incentivo a fondo perdido de 8,6 millones de euros, en el marco de su programa de incentivos para el fomento, para el proyecto 'Ampliación Capacidad de Planta de Tratamiento a 4,4 TM/año' solicitado por la empresa 2012, al considerar que no se ajusta a derecho.
Planta de tratamiento de Matsa, en Almonaster La Real (Huelva).
Planta de tratamiento de Matsa, en Almonaster La Real (Huelva).
EUROPA PRESS/MATSA - Archivo
Planta de tratamiento de Matsa, en Almonaster La Real (Huelva).

Según reza en la sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la compañía minera contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El fallo del tribunal andaluz recogía que, aunque es cierto que la actora reunía los requisitos exigidos por la Orden de 18 de enero de 2012 para el otorgamiento de la ayuda, y contaba con propuesta favorable, al haber finalizado el 30 de junio de 2014 el Régimen de Ayuda de Estado, así como la Decisión de 22 de octubre de 2013 de la Comisión Europea de ampliación del mapa de ayudas regionales de España para el periodo 2007-2013, "no era posible otorgar la ayuda conforme al Derecho Comunitario, al poder ser declarada por la Comisión Europea como incompatible e ilegal".

Además, señala que, aunque reunía los requisitos exigidos, "el problema surge al existir una solicitud de ayuda anterior, que implicaba que pudiera considerarse un gran proyecto de inversión y al estar financiado con cargo a fondos Feder debían cumplirse los requisitos previos de la normativa europea".

Por otro lado, tal y como lo recoge la sentencia, la agencia IDEA señala que, frente a lo que alega la recurrente acerca del tiempo transcurrido desde que se presenta la solicitud hasta que concluye el régimen de ayudas de Estado en 2014 que permitía a la Administración resolver, "lo cierto es que en su demanda alude a la complejidadtécnica del proyecto y abundancia de documentación".

Por último, sobre la petición de la empresa de una indemnización en la cantidad de la ayuda por los daños causados, se opone el Tribunal Supremo al considerar que "el reconocimiento de la solicitud de indemnización de daños y perjuicios debe ser consecuencia de la anulación del acto administrativo impugnado, lo que no ha ocurrido aquí".

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