Absueltos policías acusados de lesionar a ciudadano alemán detenido tras increpar a una procesión

  • La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a los cuatro policías locales de Níjar a quienes denunció un ciudadano alemán por supuestas lesiones en su detención tras resistirse a uno de los agentes que le pidió que moderase su comportamiento ya que estaba gritando refiriéndose a los participantes en la procesión de Semana Santa como "fachas del pueblo" y "fascistas" al tiempo que daba palmas.
Audiencia Provincial de Almería
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EUROPA PRESS - Archivo
Audiencia Provincial de Almería

La sentencia, consultada por Europa Press, concluye que no consta que los agentes "arrastraran ni agredieran o vejaran de otro modo" al denunciante mientras lo conducían desde el bar en el que se encontraba hasta la Jefatura de Policía Local "ni tampoco que obraran de alguna de esas formas una vez estaban en dependencias policiales".

El tribunal de la Sección Segunda señala que él mismo reconoció en la vista oral que comentó en voz alta "aquí vienen los fachas del pueblo" y que se oyó "claramente en el entorno dado el silencio mayoritaria de los presentes al paso de la procesión" y alude a la testifical del camarero del bar en el que se encontraba, quien aseguró que "estuvo haciendo palmas inoportunamente mientras otros presentes le pedía que guardara silencio".

Considera acreditado, asimismo, de acuerdo a las manifestaciones de testigos presenciales que el denunciante "hizo caso omiso" a uno de los agentes cuando le exhortó "a que dejara de alborotar" y que se "puso a gesticular con ademanes extraños" al tiempo que añade como probado que "le dio un cabezazo al policía", lo que provocó que agente y denunciante "cayeran al suelo".

La sentencia recoge que tuvo que ser reducido por dos agentes, quienes le detuvieron esposándole las manos a la espalda y que fue conducido a la Jefatura "mientras se le leían sus derechos como él mismo admitió aunque niega que estos le fuesen respetados y que por eso se negó a firmar el acta".

Tras recordar que fue condenado por delito de atentado, remarca que la única prueba de que su caída al suelo durante la conducción fuese "provocada por un supuesto maltrato y arrastre o tirones por parte de los policías es su propia declaración". "Teniendo en cuenta -añade- las circunstancias que habían motivado su detención no se puede estimar suficiente para dar por cierta esa versión como tampoco es bastante para considerar probadas las supuestas vejaciones o desatenciones que refiere haber recibido en el traslado y en la Jefatura".

En esta línea, para el tribunal y de acuerdo a la pericial forense practicada en el juicio, las lesiones detectadas en el denunciante "podrían tener teóricamente diversas etiologías, siendo compatibles con los hechos que hemos considerado probados".

"La lesión en el oído es de origen traumático por un golpe pero cabe recordar que el denunciante fue a parar a suelo en dos ocasiones y que esa lesión es compatible con las caídas en cuestión y, especialmente, con la primera de ellas en la que cayó él primero y después el policía sobre él", subraya para añadir que un testigo declaró que, tras la primera caída, "llevaba alguna mancha de sangre en la camisa y goteaba también ligeramente por la nariz, lo cual muestra que sufrió ciertamente daño apreciable al golpearse con el suelo" del bar.

En el trámite de informes del juicio, el fiscal, que acusaba solo a dos agentes elevó a definitivo su escrito de calificación provisional mientras que la acusación particular pidió la máxima pena prevista en el Código Penal para el delito de detención ilegal. La defensa, ejercida por el letrado Juan Marfil, interesó la libre absolución. el Ministerio Público solicitó para los agentes por una falta de lesiones 40 días de multa a razón de seis euros diarios y una indemnización conjunta para el denunciante de 450 euros.

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