Generalitat y FVMP piden a Hacienda ampliar el plazo para que ayuntamientos devuelvan préstamos para pagar sentencias

  • El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, y el presidente de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) han enviado una carta al Ministerio de Hacienda en la que solicitan que se amplíe el periodo de amortización de los préstamos suscritos por los ayuntamientos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales para hacer frente al pago de sentencias judiciales firmes y poder garantizar, así, su sostenibilidad financiera.

Soler ha explicado que algunos ayuntamientos han sido condenados mediante sentencia firme a hacer frente al pago de "elevadas cantidades de dinero" que las haciendas municipales son "incapaces de hacer frente", por lo que se reclama aumentar el plazo para devolver esa deuda vinculada a sentencias. Los ayuntamientos valencianos han pedido en total 71 millones de euros para este fin y actualmente el plazo de amortización es de 10 años.

"Es la única manera de que la hacienda municipal pueda continuar trabajando con normalidad, dando los servicios que la ciudadanía necesita y, al mismo tiempo, hacer frente a sus deudas", ha dicho, para advertir también que "de otra manera el coste para las condiciones de vida de los ciudadanos de estos municipios será mucho peor".

Alfaro ha defendido la flexibilización de estos préstamos que "comprometen" las cuentas locales, con periodos más largos de amortización o "incluso que pueda haber un periodo de carencia".

En la carta, ambos explican que "existen determinadas situaciones que se han generado en ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que han agravado sobremanera su posición económico-financiera, ya que, consecuencia de sentencias judiciales firmes, se les condena al pago de elevados importes dinerarios".

Recalcan que "la mayoría presentan una difícil situación económico-financiera que les impide concertar, conforme al régimen general de endeudamiento, una operación de préstamo para dar cumplimiento a la correspondiente sentencia, siendo la única alternativa acudir al Fondo de Financiación a Entidades Locales, en tanto que en muchos casos tampoco es viable formalizar un calendario de pagos con el acreedor".

"Somos conscientes que tanto los mecanismos extraordinarios de pago a proveedores como el Fondo de Financiación a Entidades Locales, han permitido a los beneficiarios disponer de mayor liquidez y de un margen de maniobra financiero imprescindible para atender sus obligaciones de gasto corriente y para asegurar la prestación de los servicios públicos esenciales", reconoce la misiva.

No obstante, destaca que las sentencias "son en su mayoría de tal importe que imposibilitan a estas entidades cumplir con el calendario de vencimientos de los préstamos que se pudiesen formalizar con el Fondo de Financiación" pese a la última modificación de las condiciones en marzo de 2017.

Pone como ejemplo el Ayuntamiento de Monòver (Alicante), condenado a pagar una indemnización que asciende a una aproximadamente 4,6 millones de euros, deuda clasificada por la Intervención General de la Administración del Estado como deuda pública a efectos del Protocolo de Déficit Excesivo.

Su situación económico-financiera, agrega la carta, le imposibilita concertar una operación de endeudamiento conforme al régimen general y "aunque se acogiese al Fondo de Ordenación para atender la ejecución de la mencionada sentencia, el ayuntamiento no podría cumplir los actuales plazos de amortización aplicables a estas operaciones de crédito, máxime teniendo en cuenta que el presupuesto de la Entidad asciende a 9,6 millones de euros aproximadamente".

Por ello, y "agradeciendo de antemano el esfuerzo realizado en la puesta en marcha de estos mecanismos extraordinarios de financiación", Alfaro y Soler defienden la necesidad de modificar las actuales condiciones financieras de los préstamos a formalizar con el Fondo de Financiación para el supuesto de sentencias judiciales firmes, "consistente en una ampliación sustancial del período de amortización que permita garantizar la sostenibilidad financiera de la correspondiente entidad y el mantenimiento de la prestación de los servicios públicos esenciales".

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