Así lo ha indicado este lunes en una nota después de que la semana pasada se conociera el referido dictamen de la sección cuarta de lo contencioso administrativo, fruto del recurso interpuesto por Inversiones Olivencia SL, en el que se señala que el planeamiento no cuenta con la Evaluación Ambiental Estratégica ni con el informe de Sostenibilidad Económica.
Márquez ha explicado que la demandada en este caso es la Administración autonómica, si bien el Consistorio "es el afectado". "Por tanto, queremos que la Junta de Andalucía nos informe en qué términos viene la sentencia y en qué términos nos puede afectar para que podamos evaluar qué consecuencias puede tener para la ciudad de Jaén esta resolución", ha dicho.
Ha añadido que el Ayuntamiento tuvo conocimiento de la sentencia el pasado 27 de febrero, mientras que la Junta tenía su notificación "desde el 31 de enero". Ha recordado, además, que los planes generales de ordenación urbana son promovidos por los ayuntamientos, pero se tienen que regir por la normativa autonómica.
En este sentido, ha manifestado que el PGOU de Jaén fue aprobado con todos los informes pertinentes el 3 de octubre de 2014 y, antes, el 24 de julio del mismo año, la comisión territorial de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Jaén le había dado el visto bueno "porque se ajustaba a la legalidad y a la ordenación de las leyes urbanísticas de Andalucía.
Al respecto, ha destacado que "el Ayuntamiento ha hecho correctamente todo lo referente al PGOU, porque de lo contrario la Junta de Andalucía no habría aprobado el documento urbanístico", y ha precisado que "lo que el TSJA ha dicho es que esa legislación andaluza no se ajusta a las directivas europeas en materia medioambiental".
"Por tanto, no es que el PGOU de Jaén no se adecue a la normativa autonómica, sino que las leyes en las que se ampara no son legales, por lo que se debe cambiar la legislación actual autonómica al contravenir la normativa de la UE", ha concluido.
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