La US lanza una convocatoria de ayuda por hasta 7.200 euros para alumnos con necesidades especiales de salud

  • La Universidad de Sevilla (US) ha lanzado una convocatoria de ayudas para estudiantes con necesidades de apoyo personal asociadas a discapacidad o por situación de salud sobrevenida de la asistencia de una persona como garantía de apoyo personal durante su periodo de estudios en la Hispalense, previa evaluación personalizada.

A estos efectos, según reza en la base de las ayudas, consultadas por Europa Press, se entiende como apoyo personal aquel que requiera una persona en tareas de la vida cotidiana en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal en la universidad.

Se refiere concretamente a las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como ayuda en el cambio postural, acompañamiento al baño, apoyo en las comidas y desplazamientos, entre otras, dentro del ámbito académico.

Las ayudas de apoyo de asistencia tendrán una cuantía mínima de 600 euros por solicitud, pudiendo aumentarse según las circunstancias de cada solicitante en función de la valoración individual efectuada.

Estas ayudas cuentan con una dotación económica de 7.200 euros, que es el importe que el Servicio de Asistencia a la Comunidad Universitaria (SACU) va a destinar en el año 2018 a sufragar esta convocatoria. En el caso de referencia, perteneciente al segundo cuatrimestre, el plazo de solicitud va desde el 12 de febrero hasta el 12 de marzo de 2018, ambos inclusive, con un máximo de entrega de documentación obligatoria de diez días hábiles a contar desde el requerimiento de falta de documentación.

Son obligaciones de los destinatarios de estas ayudas destinar la misma al objeto para la que se concede, firmar el acuerdo de colaboración correspondiente y la asistencia obligatoria a la sesión formativa organizada por la Unidad de Atención a Estudiantes con Discapacidad, consentir y autorizar el traslado de las medidas de adaptación correspondientes a la persona colaboradora para el correcto desarrollo de las mismas y asumir las posibles actuaciones de comprobación del cumplimiento de las ayudas, así como de las condiciones determinantes de su concesión.

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