El alcalde de Santa Eulària recurre la querella interpuesta por la tramitación de una clínica privada en el municipio

  • El alcalde de Santa Eulària, Vicent Marí, ha presentado un recurso contra la admisión a trámite de una demanda interpuesta contra él mismo y contra el concejal de Actividades, Mariano Juan; el de Hacienda, Pedro Juan, y un funcionario de los Servicios Económicos.

El juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza ha admitido a trámite una querella del propietario de un grupo sanitario de la Isla por la tramitación administrativa de un expediente referido a la construcción de otro complejo médico en el municipio.

Según ha informado el Ayuntamiento, la querella está motivada "única y exclusivamente" por el interés particular de la empresa querellante para mantener el monopolio de la sanidad privada en Ibiza.

Según el Consistorio, resulta "sorprendente" que la denuncia sólo vaya en contra de tres políticos y de un técnico y no contra la Junta Local de Gobierno, organismo colegiado sobre el que hasta ahora recae la

responsabilidad del procedimiento. El Ayuntamiento ha defendido la "corrección y legalidad" del proceso que sigue en tramitación.

Según han explicado, la persona que firma la querella y sus empresas no están domiciliadas en el municipio, por lo que su condición de interesado resulta de la competencia que le pueda suponer la puesta en marcha de otro centro sanitario.

El procedimiento administrativo al que se refiere la demanda está en tramitación. El querellante, ha explicado el Ayuntamiento, ha podido presentar alegaciones tanto al proyecto urbanístico como al de actividades.

Así, si la respuesta de los servicios técnicos y jurídicos no le satisface, según han explicado, podría recurrir a la vía contenciosa y el hecho de que se plantee el conflicto por la vía penal "tiene la clara intención de no valorar el fondo administrativo, sino tratar de utilizar el tribunal y la exposición pública de la querella para coaccionar a los afectados con el fin de que adopten una resolución favorable a los intereses del querellante".

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