Primer condenado a cárcel por conducir bebido tras la reforma del Código Penal

  • Ha ocurrido en Valencia, a los tres días de que entrara en vigor.
  • Dio positivo en la prueba de alcoholemia y se negó a repetirla.
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Agentes de tráfico realizando controles de alcoholemia (ARCHIVO)
Agentes de tráfico realizando controles de alcoholemia (ARCHIVO)
Francisco González
Agentes de tráfico realizando controles de alcoholemia (ARCHIVO)

Un hombre ha sido condenado en Valencia a seis meses de prisión, computables por una multa de 2.160 euros, por conducir con una tasa de alcohol en la sangre superior a la permitida y negarse a someterse a la prueba de alcoholemia en la comisaría.

La sentencia, dictada por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, aplica la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado domingo -día en el que sucedieron los hechos-, la cual equipara el rechazo a someterse a la prueba con la conducción temeraria, y prevé una pena de hasta seis meses de prisión. Se trata del primer condenado a pena de prisión en aplicación de la reforma.El conductor circulaba

sobre las cuatro de la madrugada por la Avenida Maestro Rodrigo de Valencia "realizando
continuos cambios de carril" y sin "las debidas medidas de seguridad y precaución", lo que constituía un "riesgo para los demás usuarios de la vía".

Una patrulla de la Policía Local le obligó a parar y le practicó una primera prueba, con el resultado de una tasa de alcohol de 0,62 miligramos por litro de aire espirado -el límite para la infracción penal es 0,60 miligramos-.

El acusado fue trasladado a la central de la Policía Local para practicarle una nueva prueba, pero sopló incorrectamente y de forma "intencionada" en tres ocasiones. Los agentes le advirtieron de que si no lo hacía correctamente podría incurrir en un delito contra la seguridad vial, pero éste se negó.

El juzgado de guardia incoó un procedimiento de diligencias urgentes y celebró una vista oral que concluyó con un acuerdo de conformidad entre el Ministerio Fiscal y la defensa.En virtud de este acuerdo, el magistrado ha condenado al conductor a

dos meses de prisión, que se sustituye por una
multa de 720 euros, y a la privación del carné de conducir durante ocho meses por superar la tasa de alcohol.

Asimismo, por negarse a practicar la prueba de alcohol, le impone una pena de cuatro meses de prisión, que se sustituye por una multa de 1.440 euros, y la prohibición del derecho a conducir durante ocho meses.

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