El jurado popular le declaró el 17 de enero, por unanimidad, culpable de asesinato. Por ello la magistrada-juez María Covadonga Vázquez señala en la sentencia que el condenado es responsable de
de un delito de asesinato ya definido, concurriendo las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, agravantes de desprecio de género y parentesco y la atenuante de confesión.
Además de la pena de prisión Jorge Portillo tiene la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros al hijo de la mujer asesinada
J. F. S. M. así como a su domicilio y lugar de trabajo por tiempo superior en un año a la pena de prisión impuesta.
Igualmente procede imponerle la medida de libertad vigilada por un periodo de diez y que en concepto de responsabilidad civil indemnice al hijo de la fallecida, J. F. S. M. en la suma de 202.884,49 euros, con los intereses legales hasta su completo pago.
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