Según ha informado la FOE en una nota, la periodicidad de los pagos será, en todo caso, mensual y se tramitarán mediante un mecanismo automatizado de resolución. En el caso de las empresas, también podrán aplazar las deudas inferiores a este importe sin presentar garantías pero en este caso durante un plazo máximo de seis meses.
En el seno de la FOE se ha acogido con "satisfacción" esta medida ya que con la misma se viene a dar respuesta a una reivindicación que se ha venido realizando desde que se publicara el Real Decreto Ley que aprobó el Gobierno en diciembre en el que se endurecían dichos aplazamientos, en perjuicio de pymes y autónomos.
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