Juez ordena excluir de la oposición a Policía Local a un aspirante aprobado sin cumplir requisito

  • SANTANDER, 14 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander ha ordenado al Ayuntamiento de Torrelavega excluir de la oposición a Policía Local a un aspirante que había aprobado sin cumplir el requisito establecido en las bases de la convocatoria de tener el permiso de conducir A (moto).

Uno de los opositores recurrió la resolución de la Alcaldía de Torrelavega, del 27 de octubre de 2015, por la que se acepta la relación de aprobados y se nombra funcionarios en prácticas, policías locales de Torrelavega, a dos aspirantes, uno de los cuales no estaba en posesión del citado carné.

Consideraba que se habían vulnerado las bases de la convocatoria al no haber excluido del proceso a un aspirante, finalmente aprobado, que a la fecha del plazo de presentación de instancias no estaba en posesión del permiso de conducción exigido por las propias bases, el permiso A.

La Sala considera que el Ayuntamiento ha vulnerado las propias bases de la convocatoria, "efectuando una interpretación contraria a la misma y que carece de sustento normativo alguno". Ello ha dado lugar a admitir a un aspirante que posteriormente ha sido aprobado, sin cumplir con los requisitos exigidos por las bases de la convocatoria, privando a otro (el recurrente), que sí cumplía con la totalidad de los requisitos exigidos y era el siguiente en puntuación, de su derecho a ser nombrado funcionario en prácticas.

Por todo ello, la magistrada estima íntegramente la demanda del aspirante excluido, declara la nulidad de las resoluciones recurridas al no ser ajustada a derecho la participación, ni la declaración como aprobado del otro aspirante admitido y condena al Ayuntamiento a que declare aprobado y nombre al recurrente funcionario en prácticas.

Además, deberá indemnizarle en la cuantía que se determine en ejecución de sentencia, fijando como bases del cálculo las cantidades mensualmente dejadas de percibir desde la fecha en que debió ser nombrado funcionario en prácticas y la fecha de su efectiva incorporación.

VALORACIÓN DE ACPT

En un comunicado, la Asamblea Ciudadana Por Torrelavega (ACPT), que ha facilitado la sentencia, ha puesto como "ejemplo exagerado" que, si se convoca una plaza de trabajo para conducir un camión, el tribunal calificador del Ayuntamiento de Torrelavega "otorgaría el puesto de trabajo a un aspirante con carnet de moto, dejando fuera a aspirantes que cumplen los requisitos".

"Claro que quizás un fallo así tenga sus motivos. O más bien, sus intenciones", ha valorado ACPT, que se ha planteado que "quizás el proceso selectivo es un mero trámite que no impide la designación de personas a dedo. Quizás ya estaba decidida una de las plazas que se ofertaban sin atender al justo concurso de méritos y capacidades que cualquier oferta de empleo público debe garantizar".

Unas sospechas se refuerzan cuando el grupo ha conocido que hace escasas semanas la Alcaldía de Torrelavega ha publicado una resolución para convocar una plaza nueva "que no estaba prevista y que es exactamente la misma que un tribunal ha mandado corregir".

"Mucho nos tememos que se esté intentando rizar el rizo del caciquismo con los puestos de trabajo públicos y traten de esta forma de salvaguardar el puesto de trabajo que injusta e ilegalmente se adjudicó en su momento", ha sostenido ACPT, que ha advertido que estará "muy vigilante" en este nuevo proceso y exigirá "transparencia absoluta e igualdad de oportunidades" en la selección por parte del tribunal calificador.

Igualmente ha solicitado que el Ayuntamiento ejecute la sentencia "de manera inmediata". "No podemos seguir permitiendo que el Ayuntamiento de Torrelavega sea un cortijo particular para repartir con quien se quiere lo que pertenece a todas, y avisamos que estaremos muy pendientes, como siempre, en todo el proceso de contratación que se llevará a cabo para cubrir las 22 plazas de barrenderos que próximamente se adjudicarán porque mucho nos tememos que pueda volver a ocurrir un caso parecido".

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