En el auto de levantamiento del secreto de sumario, la magistrada ha justificado la prórroga del secreto de sumario en los sucesivos meses desde la operación Nazarí en que la Constitución "protege los derechos fundamentales" no "en sentido teórico e ideal" y, en este sentido, el juez "deberá ponderar la proporcionalidad de la medida y la gravedad de los hechos enjuiciados, reduciendo el período de duración del secreto a lo estrictamente necesario".
El juzgado libró oficio en fecha de 19 de octubre a la Policía Nacional o a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de la "previsión temporal de duración de las diligencias de investigación que se habían acordado".
En respuesta, la Policía Nacional puso de manifiesto que la duración aproximada del estudio de la documental obrante en las actuaciones "consecuencia de los distintas entradas y registros practicadas en fecha de 13 de abril del corriente en las viviendas de los investigados así como del estudio de la información relacionada con los hechos investigados, provenientes del volcado de los distintos dispositivos electrónicos, tendría una duración no inferior a seis meses".
Con fecha 13 de octubre personal de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía Nacional hizo entrega al juzgado de trece cajas de documentación con entre 15.000 y 18.000 folios agrupados en ocho grandes asuntos para el "debido enjuiciamiento de las cuestiones urbanísticas objeto de informe de nueva documentación".
((HABRÁ AMPLIACIÓN))
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