Tribunales.- El sindicato CTA recurre su multa tras demandar a 38 empresas agrarias por retrasos en pagos

  • El sindicato CTA ha informado este miércoles de que ya ha anunciado la interposición de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba que condena a CTA a pagar 600 euros, tras interponer una demanda contra 38 empresas del sector agrario en Córdoba para cobrar los trabajadores los atrasos de abonos previstos en convenio colectivo, entre finales de 2013 y principios de 2014.
Francisco Moro (a la izquierda) en la rueda de prensa
Francisco Moro (a la izquierda) en la rueda de prensa
EUROPA PRESS/CTA
Francisco Moro (a la izquierda) en la rueda de prensa

En una rueda de prensa, el secretario general de CTA, Francisco Moro, ha lamentado que "reivindicar contra la patronal agraria y su organización Asaja es prácticamente imposible en esta ciudad", a la vez que ha reprochado que se les sancione con 600 euros "por pedir a la justicia que le paguen los atrasos de convenio a los trabajadores eventuales de 38 empresas".

Además, ha advertido de que en la sentencia "no se han admitido como hechos probados los presentados por los letrados de CTA, mientras han admitido todos los de la patronal", a lo que ha añadido que "no tiene sentido negar la gran implantación que este sindicato tiene en la provincia en el medio agrario", sin embargo, las pruebas entregadas por el sindicato "no se han considerado", ha señalado.

En definitiva, considera que "el juez se inventa el juicio", al decir que CTA pide "una cuestión declarativa de derecho, de que a los trabajadores les pertenece cobrar esos atrasos", algo que "es absolutamente absurdo, porque ese derecho ya lo reconoce el propio convenio", de modo que ha aclarado que el sindicato "plantea una demanda para tener una sentencia ejecutiva sobre el abono de los atrasos salariales de convenio".

Asimismo, ha criticado que el trato durante la vista oral del juicio hacia los letrados de CTA fue "despectivo" y considera que "efectivamente, por parte del Juzgado, sí ha existido mala fe y temeridad procesal, con la diferencia que el Juzgado tiene la posibilidad de denunciar, sin razón y sin derecho, de forma injusta".

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