Facua señala "reparto ilegal de dinero" e "irregularidades" ante la sentencia de las ayudas de Diputación

  • SEVILLA, 29 (EUROPA PRESS)

Frente a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número nueve de Sevilla que anula la resolución definitiva acordada el 30 de octubre de 2015 por la Diputación, sobre su convocatoria de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, Facua-Sevilla señala un caso de "irregularidades en la concesión de subvenciones" y de "reparto ilegal del dinero público".

"El reparto ilegal del dinero público se decidió el año pasado desde el Área que tenía al frente a la diputada Beatriz Sánchez García, actual concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Marchena, cuyas competencias de Consumo fueron asumidas tras las elecciones municipales por Ana Isabel Jiménez, actual alcaldesa de Alcalá de Guadaira, quien hizo caso omiso al recurso administrativo interpuesto por Facua Sevilla", expone el colectivo en una nota, en la que critica además que el exconcejal socialista Emilio Carrillo, como director del área competente, "tampoco atendiese a las peticiones planteadas por la organización".

Avisando de que el asunto pone de relieve "graves irregularidades" en la concesión de subvenciones, Facua Sevilla lamenta que el presidente de la Diputación, Fernando Rodríguez Villalobos, "ni siquiera diese respuesta al escrito" remitido por el colectivo. "Se distribuyeron 54.000 euros entre tres entidades de forma absolutamente arbitraria, incumpliendo sus propias bases legales", resume Facua.

LA SENTENCIA

En su sentencia, emitida el 21 de septiembre y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial trata la impugnación de Facua-Sevilla, contra la desestimación por falta de respuesta y "silencio administrativo" de un recurso de reposición interpuesto por la organización en diciembre de 2015, contra la resolución definitiva de la convocatoria promovida por la Diputación provincial, para subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios para el establecimiento de puntos de información al consumidor.

Facua, a la hora de impugnar la resolución definitiva de esta convocatoria de ayudas, avisaba de que la Diputación "ha resuelto de manera definitiva una subvención sin motivar, sin tener en cuenta los criterios que establecen sus bases y sin que los solicitantes sepan ahora ejecutar, ya que sus programas difieren enormemente de lo concedido tanto en relación con los municipios en donde ejecutar las actividades, como los importes de las mismas y no sé adopción a reformular".

La sentencia, en ese sentido, invoca un informe de la directora general de Cultura y Ciudadanía, según el cual "de acuerdo con el punto 8 de la convocatoria, se tendría que haber especificado la evaluación o criterios de valoración seguidos", mientras "inicialmente e interpretando estrictamente la convocatoria y con la documentación que obra en el expediente, procedería estimar el recurso presentado por Facua".

"En lo que respecta la justificación por las entidades beneficiarias, llegado el momento, el principal problema se planteará en el mayor importe concedido, en tanto que el punto 9 de la convocatoria establece la imposibilidad de modificación alguna de los proyectos presentados", abunda el informe invocado en la sentencia.

"PLANTEAMIENTO ANULATORIO"

Dado el caso, el juzgado resuelve que "procede acoger el planteamiento anulatorio que formula la recurrente, por la ausencia de motivación de la resolución impugnada", pues "es obligación de la Administración la motivación de los actos administrativos".

"La concesión de la subvención se limita a dividir la partida presupuestaria entre los municipios afectados y estos entre las tres organizaciones de consumidores concurrentes, sin valorar programas presentados ni cuantías. En efecto, la resolución no realiza valoración alguna, ni se ha realizado algún tipo de puntuación sobre los programas presentados, lo que incumple claramente las bases de la propia convocatoria, el Reglamento para la concesión de subvenciones de la Diputación de Sevilla y la Ley General de subvenciones, por lo que debe ser anulada", zanja la sentencia, que anula así la resolución definitiva de esta convocatoria de subvenciones. Además, el juzgado impone las costas a la Diputación.

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