CyL contará en nueve meses con una administración más ágil y moderna al homogeneizar sus estructuras orgánicas

  • Castilla y León contará en nueve meses con una Administración más ágil y moderna y más flexible y eficaz tras la homogeneización de sus estructuras orgánicas y la renovación de la relación de los puestos de trabajo con "absoluta garantía" a los empleados públicos de sus actuales condiciones laborales y retributivas.

Así lo ha explicado la portavoz de la Junta, Milagros Marcos, tras el Consejo de Gobierno que ha dado el visto bueno al decreto que homogeneizará las estructuras y los puestos de trabajo de la Administración de Castilla y León para establecer unos principios de organización comunes que favorezcan una estructura administrativa "más ágil" y que ofrezcan un mejor servicio a los ciudadanos.

En concreto, el decreto aprobado este jueves establece los criterios homogéneos sobre las características de las unidades administrativas en las que se organizan los servicios centrales y periféricos, como elementos de la organización básica de la Administración General de Castilla y León.

Así, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Decreto deberán aprobarse las órdenes de desarrollo de las estructuras orgánicas de los órganos directivos centrales de las consejerías y en tres meses deberán aprobarse las órdenes de desarrollo de las estructuras orgánicas de las delegaciones territoriales.

Además, regula el catálogo de puestos tipo que contendrá las características de los puestos que pueden crearse y establece las normas sobre elaboración de las relaciones de puestos de trabajo de acuerdo con dicho catálogo.

En este caso en dos meses desde la entrada en vigor del Decreto, se someterá a la Junta de Castilla y León el catálogo de puestos tipo, previa negociación con la representación sindical. Marcos ha precisado que las relaciones de puestos de trabajo de los órganos directivos centrales deberán aprobarse en el plazo de seis meses desde la aprobación de las órdenes de desarrollo de sus estructuras orgánicas.

Por su parte, las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario de las delegaciones territoriales deberán aprobarse en el plazo de seis meses desde la aprobación de las órdenes de desarrollo de sus estructuras orgánicas.

Según ha recordado Marcos, este decreto responde al compromiso del presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, en su discurso de investidura para continuar avanzando en la mejora de las condiciones labores de los empleados públicos y en la modernización de la Administración.

"Con todas estas medidas se logrará establecer unos principios de organización comunes y una estructura administrativa más ágil que permita una acomodación automática del personal a los cambios y a las necesidades de la gestión, todo ello, con la finalidad de prestar un mejor servicio a los ciudadanos a través de una Administración más moderna y eficiente", ha insistido la portavoz.

ESTRUCTURA Y CONTENIDO

El proyecto se estructura en seis artículos, agrupados en tres capítulos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales. El Capítulo I contiene las 'Disposiciones Generales' y las indicaciones relativas a su objeto y finalidad.

El Capítulo II, 'De la organización administrativa básica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León', regula determinados aspectos relativos a las unidades administrativas, como su organización jerárquica, los requisitos funcionales, y tramitación de su creación, modificación y supresión.

Por su parte, El Capítulo III, 'De los instrumentos para la ordenación de los puestos de trabajo', define el catálogo de puestos de trabajo de funcionarios y establece su contenido y las reglas para la elaboración de la relación de los puestos de trabajo de acuerdo con el catálogo.

Por otra parte, las disposiciones adicionales se refieren al mantenimiento de las características de cualquier puesto cuando únicamente pierda su condición de titular de un órgano y a la aplicación supletoria de esta norma para los organismos autónomos, que se regirán, en primer lugar, por su ley de creación y su reglamento de organización y funcionamiento.

Finalmente, en las disposiciones transitorias se establecen "de manera clara" las garantías de los empleados públicos afectados por la acomodación de sus puestos al catálogo tipo. En concreto se establece que los puestos que estén ocupados definitivamente, los efectos modificativos se difieren al momento de la vacancia de los puestos. En caso de que estén ocupados provisionalmente, se ofrecerá al ocupante continuar ocupando el puesto de acuerdo con las condiciones del puesto adaptado al catálogo.

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