El TS ratifica la nulidad de dos despidos de Idelpa y su "cesión ilegal de trabajadores"

  • El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en 2015, confirmaba ya un fallo del Juzgado de lo Social Número seis de Sevilla que declaraba la nulidad de dos despidos acometidos por la extinta empresa pública Iniciativa de Desarrollo de Los Palacios (Idespa), participada mayoritariamente por el Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca y declarada en concurso voluntario de acreedores allá por 2012.

La sentencia del Tribunal Supremo, fechada el pasado 11 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina que había promovido la representación del Consistorio palaciego, contra la citada resolución del TSJA y frente a la sentencia inicial del Juzgado de lo Social Número seis de Sevilla.

Según el Supremo, los despidos en cuestión fueron consumados después de que en 2012, esta sociedad constituida en 1993 por el Ayuntamiento de Los Palacios y la sociedad provincial de turismo y desarrollo económico, Prodetur, solicitase el concurso voluntario de acreedores a cuenta de su colapso financiero. En concreto, fue en 2013 cuando Idelpa, ya en concurso de acreedores voluntario, pretendió extinguir los contratos de nueve trabajadores, lo cual fue rechazado por el Juez de lo Mercantil encargado de su concurso, por "existir cesión ilícita" de trabajadores, principalmente.

DOS DESPIDOS

Idelpa, finalmente, despidió a dos de los nueve empleados afectados en principio por esta tanda de despidos, tratándose estos dos empleados de dos personas que habían formulado una demanda previa "en reclamación de fijeza" de sus puestos de trabajo. Las sentencias impugnadas en casación por el Ayuntamiento palaciego, en ese sentido, habrían declarado nulos tales despidos, entendiendo que "el ejercicio legítimo del derecho de los actores a reclamar su fijeza fue la causa que provocó el despido, violándose así su derecho fundamental a la garantía de indemnidad, sin que la demandada acreditara un motivo razonable de despido".

Las sentencias impugnadas, además, detectaban la concurrencia de "cesión ilegal de trabajadores", porque estos trabajadores "vienen prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de Idelpa y el Ayuntamiento de Los Palacios, en virtud de contratos por obra y servicios posteriormente prorrogados" y, aunque "han prestado formalmente sus servicios a Idelpa, lo han sido para el aprovechamiento del Ayuntamiento".

En cualquier caso, frente a las sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social número seis de Sevilla en 2013 y por la sala de lo Social del TSJA en 2015, declarando la nulidad de estos dos despidos y la concurrencia de "cesión ilegal de trabajadores", el recurso de casación promovido al respecto por el Ayuntamiento palaciego no ha prosperado. El Consistorio alegaba una situación de "unificación de doctrina", extremo no aceptado por el Supremo. El TS, así, ha inadmitido el recurso de casación y ha declarado firme la resolución judicial impugnada.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento