San Juan aprueba la obligación de recoger los excrementos de perros y poner ceniceros frente a locales de ocio

  • La nueva ordenanza de Convivencia Ciudadana de San Juan del Puerto (Huelva) entrará en vigor en los próximos días después de que el pleno del Ayuntamiento aprobara las modificaciones planteadas por el equipo de gobierno (PSOE) entre las que se incluyen la obligación de recoger los excrementos de los perros y poner ceniceros a las puertas de los locales de ocio.
El edil de San Juan del Puerto Raúl Corralejo
El edil de San Juan del Puerto Raúl Corralejo
EUROPA PRESS
El edil de San Juan del Puerto Raúl Corralejo

Según ha informado el Ayuntamiento de San Juan del Puerto en una nota de prensa, el último pleno ordinario de la corporación municipal celebrado en julio debatió el dictamen de la comisión informativa de régimen interior sobre la Ordenanza reguladora de la protección de los bienes públicos de titularidad municipal y de mantenimiento de la convivencia ciudadana.

El equipo de gobierno propuso entonces una serie de modificaciones a la actual del año 2014, principalmente en el apartado de animales, con el fin de "adaptarla a las demandas que les han hecho llegar los ciudadanos en estos meses de mandato".

A unos días de que concluya el periodo de exposición pública, el concejal de Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente Raúl Corralejo (PSOE) ha manifestado "esta ordenanza recoge los aspectos necesarios para remediar las quejas, molestias e inquietudes de los vecinos ya que la anterior no recogía estos puntos y se hacía demasiado genérica sin dar una utilidad efectiva".

Según ha señalado Corralejo, la nueva ordenanza "da las herramientas necesarias al funcionariado del Ayuntamiento para poder conseguir un pueblo más cívico que respete la libertad individual y colectiva de nuestros vecinos".

En ella también se recogen las obligaciones de los dueños de animales con sus deposiciones, como la prohibición de que realicen las mismas "sobre los parterres, zonas verdes, zonas terrosas y los restantes elementos de la vía pública destinados al paso, estancia o juego de los ciudadanos". A esto se añade que en todo caso, el conductor del animal está "obligado a recoger y retirar los excrementos, debiendo limpiar la parte de la vía o espacio público que hubiera resultado afectada".

Además del apartado de animales, la nueva ordenanza hace hincapié en la importancia de la limpieza, de ahí que, entre otras medidas, "los establecimientos dedicados al ocio deberán disponer de ceniceros en los accesos a los mismos".

Igualmente se incide en la idea del reconocimiento del derecho de todos a comportarse libremente en los espacios públicos, pero asumiendo determinados deberes de convivencia y de respeto a la libertad, la dignidad y los derechos reconocidos a los demás.

En esta línea se desarrollan nuevos artículos, como el 21, sobre las obligaciones relativas a actividades en edificios de viviendas; o el 23, sobre las normas sobre celebraciones, actos y comportamientos en la vía pública y espacios al aire libre.

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