Según la orden publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) el objetivo de esta regulación es establecer las condiciones de identificación obligatoria de los animales de las especies canica y de félidos y hurones.
Esta publicación establece que los veterinarios colegiados que quieran participar en la identificación y vacunación antirrábica deberán comunicarlo en cualquiera de los colegios oficiales de veterinarios de la Comunidad para proceder a su registro.
Asímismo, los facultativos que realicen esta actividad tendrán la obligación de grabar la información en la base de datos desarrollada al efecto en un plazo no superior a 72 horas desde la realización de la identificación.
A través de esta orden la Junta unifica también la gestión de la base de datos del sistema de identificación de animales de compañía a través de los datos aportados por los ayuntamientos de la Comunidad, a quienes les corresponde efectuar un censo de perros y una base de datos de distintos animales potencialmente peligrosos.
A través de esta orden se regulan además las campañas de lucha antirrábica y la desparasitación equinocócica.
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