Pena de 21 meses de cárcel por atropellar mortalmente a un varón en Trujillo y provocar secuelas a su mujer

  • El Juzgado de lo Penal nº 1 de Cáceres ha condenado a J.M.F.R. por un delito de homicidio por imprudencia grave y otro de lesiones, y le ha impuesto una pena de un año y nueve meses de prisión y una indemnización total que supera los 258.000 euros, además de la prohibición de conducir vehículos a motor durante dos años, por provocar un atropello mortal en Trujillo (Cáceres) en el que falleció un hombre de 70 años de edad y dejó graves secuelas a su mujer, de 68.

El siniestro tuvo lugar el 20 de octubre de 2013, sobre las 20,45 horas, en la antigua carretera N-V a su paso por Trujillo, cuando el condenado, al volante de un vehículo propiedad de su hermano, y a una velocidad "muy superior" a la permitida en este tramo, de 50 kilómetros por hora, y sin prestar la "debida atención" a la carretera, atropelló al matrimonio -el fallecido P.L.P. y su esposa E.V.L.-, que en ese momento atravesaban la calzada.

Concretamente, el atropello se produjo en el punto kilométrico 251, cuando la pareja se dirigía al Hotel Perú. Según consta en la sentencia, facilitada a Europa Press, tras arrollar al matrimonio, llevó sus cuerpos "sobre el capó más de 26 metros", hasta que consiguió detener el vehículo, momento en el que las víctimas "salieron despedidas hacia adelante".

Como consecuencia del impacto, el marido falleció de forma inmediata, mientras que su esposa sufrió múltiples traumatismos en brazos, piernas, manos y cadera de los que tardó 370 días en sanar -24 de ellos hospitalizada-, y de los cuáles le han quedado como secuelas la limitación de movimientos en varias articulaciones.

Estas lesiones le impiden actividades que supongan correr y coger peso, le limitan la manipulación de objetos, tampoco puede caminar de forma prolongada, ni subir o bajar escaleras o rampas. El fallecido convivía con su esposa y tenía 4 hijos, todos ellos mayores de 25 años.

El fallo fue alcanzado por conformidad del acusado, y fue notificado verbalmente a las partes, que manifestaron su voluntad de no recurrirla. De esta forma, la sentencia, fechada el 15 de junio, es firme.

En concreto, por el delito de homicidio por imprudencia grave, es condenado a un año y seis meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años, además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo. Por el delito de lesiones por imprudencia grave es condenado a tres meses de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor.

Asimismo, le condena a un resarcimiento, a su cargo y al de la aseguradora Generali Seguros, como responsables civiles directos, y en defecto de ambos, el hermano del condenado, como responsable subsidiario, a una serie de indemnizaciones que superan los 258.000 euros.

En primer lugar, por la muerte de la víctima, a una indemnización a favor de su esposa de 73.115 euros, y de 8.123 euros para cada uno de sus cuatro hijos, con un incremento del 5 por ciento en concepto de factor de corrección.

A su vez, por las lesiones provocadas a la esposa, la sentencia refleja una indemnización a favor de ésta de 76.619 euros por curación, de 30.000 euros por incapacidad, de 14.000 euros por adecuación de vivienda, de 30.000 euros por ayuda familiar y de 2.075 euros por gastos médicos, además de, en su caso, los intereses legales.

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