Condenados a 19 meses de cárcel los responsables de una constructora por ruidos en un edificio

  • La juez de lo Penal número 13 de Sevilla ha condenado a un año y siete meses de cárcel a dos representantes de una empresa constructora por los ruidos "intolerables" causados en un edificio de Utrera tras colocar un motor para paliar la falta de presión del agua en los pisos superiores, lo que provocó ansiedad y cefaleas a dos vecinos que finalmente se vieron obligados a abandonar su vivienda.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez condena a J.L.B. y a L.L.O. por un delito contra el medio ambiente, contaminación acústica agravada, a un año y siete meses de prisión, un año y ocho meses de inhabilitación para el ejercicio de actos de construcción, y el pago de una multa de 2.280 euros.

La juez, que absuelve a un tercer acusado identificado como J.J.B.M., los condena además a indemnizar con 9.000 euros a los dos vecinos afectados y acuerda proceder a la restauración de la legalidad alterada en el plazo máximo de dos meses.

De este modo, la magistrada considera probado que la persona que ha sido absuelta y L.L.O. eran en 2007 socios mancomunados de una empresa que llevó a cabo la construcción de un edificio en Utrera, mientras que el segundo de los condenados se encargaba del seguimiento diario de la empresa "aún cuando careciera de cargo formal" en esta sociedad.

A raíz de la falta de presión del agua suficiente en los pisos superiores, que fue advertida una vez habitadas las viviendas, los dos condenados instalaron "sin adoptar previamente alguna medida de insonorización" un motor en una zona común del edificio que lindaba en el dormitorio del bajo derecha, dando lugar a "graves molestias" en sus moradores, quienes "eran incapaces de conciliar el sueño por el ruido provocado por la máquina".

Alertados los acusados de este problema y "sin haber llevado a cabo medidas al respecto", admitieron someterse a arbitraje junto a los vecinos afectados, lo que dio lugar a un laudo de 16 de diciembre de 2008 en el que se ordenaba insonorizar el habitáculo de acuerdo con un dictamen pericial.

Así, el ruido generado era superior al permitido, pero "lejos de cumplir su contenido", los acusados "ignoraron el contenido del laudo arbitral a sabiendas de la repercusión que ello tendría" en los dos vecinos afectados, quienes, "ante la imposibilidad de lograr un descanso generalizado", sufrieron ansiedad, hipertensión y cefaleas, lo que "les obligó a abandonar" la vivienda.

"NULO ARREPENTIMIENTO" DE LOS ACUSADOS

En 2012, y dado que ya habían dejado de habitar la vivienda, los síntomas habían remitido aún cuando presentaban todavía síntomas puntuales de ansiedad "compatibles con la interferencia que en sus vidas había provocado" el exceso de ruido "sufrido durante años".

El coste de la restauración a la legalidad consistente en la insonorización de la máquina tasado en marzo de 2010 es de 902 euros, recoge la juez, que considera que "está totalmente conectado el abandono de su residencia habitual con la contaminación acústica y las enfermedades que aparecieron".

La magistrada, que aplica la atenuante de dilaciones indebidas dado que la denuncia se interpuso en junio de 2010 y el juicio se señaló en noviembre de 2015 y posteriormente en enero de 2016, destaca en la sentencia "el nulo arrepentimiento" y la "actitud" de los acusados, quienes "en todo momento han intentado culpabilizar a terceras personas o entidades de sus actos, mostrando una falta de aprecio absoluta a la enfermedad y padecimiento de los perjudicados".

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