Convocada la nueva línea de ayuda para gastos energéticos con mejoras en las condiciones de acceso

  • GIJÓN, 3 (EUROPA PRESS)

La Fundación Municipal de Servicios Sociales (FMSS) abrirá este sábado el plazo para solicitar las ayudas para gastos de consumo de energía de la vivienda habitual correspondientes al año 2016, dentro del Plan de Choque contra la pobreza del Ayuntamiento de Gijón, dentro de la nueva convocatoria que acaba de ser publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Según una nota de prensa del Consistorio gijonés, la nueva línea de ayudas financiará el gasto de suministro de energía eléctrica, gas, u otro combustible que sea usado en la vivienda habitual del solicitante durante el presente año. La FMSS abonara un único pago por un importe máximo

por solicitante y unidad de convivencia de 350 euros.

La nueva convocatoria incorpora como novedades el que desaparece el concepto de renta disponible, dado que se ha constatado que perjudica a personas con vivienda en propiedad, algo muy frecuente entre la población mayor, o a familias con gastos muy bajos de alquiler por residir en viviendas sociales, viviendas antiguas o similares. Por este motivo, ya no es preciso declarar la ayuda municipal al alquiler.

En este caso, se eleva el límite de ingresos para el acceso a la ayuda de tal forma que puedan incorporarse las personas beneficiarias de pensiones mínimas, trabajos con baja remuneración, familias con dos subsidios de desempleo, beneficiarios de Salario Social o Ayuda Municipal a Familias.

Además, la situación económica se valorará en los empleados por cuenta ajena a través de las tres nóminas anteriores a la presentación de la solicitud y en los autónomos a través de la declaración a cuenta del IRPF correspondiente al último trimestre. A las personas beneficiarias del Salario Social, en cambio, se las exime de justificar la situación económica, realizándose de oficio la verificación de la percepción de dicha prestación

En cuanto al límite económico para solicitar las ayudas, los ingresos brutos mensuales de la unidad de convivencia no podrán superar los 905,27 euros brutos mensuales, en el caso de uno o dos miembros, de 1.011,77 en el de tres o cuatro y de 1.118,27 euros para el de cinco o más miembros.

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