La Audiencia de Madrid devuelve el pasaporte al 'pequeño Nicolás'

  • Francisco Gómez Iglesias está siendo investigado por una presunta estafa.
  • La Sección Primera ha acordado estimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del joven.
  • La retirada de la documentación tuvo lugar hace dos años.
Francisco Nicolás, conocido como el pequeño Nicolás, atiende a los medios a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla.
Francisco Nicolás, conocido como el pequeño Nicolás, atiende a los medios a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla.
EFE/Javier Lizón
Francisco Nicolás, conocido como el pequeño Nicolás, atiende a los medios a su llegada a los Juzgados de Plaza de Castilla.

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado la solicitud de Francisco Gómez Iglesias, el 'pequeño Nicolás', para que el juez de Instrucción número 2 de Madrid le devuelva su pasaporte en el marco de la causa en el que se le investiga por la presunta comisión de una estafa.

En un auto, la Sección Primera acuerda estimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del joven contra una providencia dictada en octubre de 2015 que denegó la misma solicitud. La retirada de la documentación tuvo lugar hace dos años. Con la resolución, se deja sin efecto la medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio español y la retirada del pasaporte impuesta el 17 de octubre de 2014.

El Juzgado por providencia de 16 de octubre de 2015 denegó la petición de la representación de don Francisco Nicolás Gómez Iglesias relativa a que se dejase sin efecto la medida cautelar de retirada del pasaporte de su representado.

En los argumentos jurídicos, se señala que hay varias razones que sustentan esta medida como el tiempo transcurrido desde que se adoptó la medida cautelar (17 de octubre de 2014), sin que conste que el recurrente haya dejado de acudir cuando ha sido citado, y su arraigo en España donde residen sus familiares.

Además, alude también a su escasa capacidad económica. Todo ello conlleva, según el juez, a que no se considere elevado el riesgo de incomparecencia a juicio que se trataba de garantizar, por lo que procede dejar sin efecto la medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio español y la retirada del pasaporte.

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