Los prejubilados de Mercasevilla de 2003 cuyas rentas fueron suspendidas exigen cumplir las sentencias del TSJA

Acusan a la Junta de Andalucía de no ejecutar debidamente las sentencias "firmes" del TSJA que anulan la suspensión de sus rentas

Los cinco extrabajadores de la sociedad gestora del mercado central hispalense, Mercasevilla, prejubilados con cargo al expediente de regulación de empleo (ERE) de 2003 y con sentencias que anulan la decisión adoptada en 2011 por la Junta de Andalucía para suspender sus rentas de prejubilación siguen sin cobrar tales retribuciones, según ha manifestado a Europa Press Pedro Viruez, uno de los afectados.

El caso de estos extrabajadores se encuadra en la decisión de la Junta de Andalucía de suspender las rentas de cinco de los empleados del mercado central de abastos de Sevilla, prejubilados mediante el expediente de regulación de empleo acordado en 2003. Esta decisión, en concreto, respondía a la investigación interna promovida por la Administración andaluza en torno a los expedientes de regulación de empleo, con sus consiguientes indemnizaciones y prejubilaciones, financiados con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, cuya presunta administración fraudulenta investiga el juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, ahora comandado por la juez María Núñez Bolaños.

Primero en enero y después en marzo de 2013, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitía sendas sentencias anulando esta decisión de la Junta de Andalucía sobre los extrabajadores de Mercasevilla José Díaz y Joaquín Gómez, respectivamente, toda vez que mediarían ya sentencias iguales en el caso de los restantes tres trabajadores afectados por esta situación, según ha manifestado Pedro Viruez, uno de estos prejubilados.

En la primera de esas sentencias, recogidas por Europa Press, el Alto tribunal andaluz exponía que la Junta suspendió las rentas del extrabajador en cuestión al haber detectado que el mismo no contaba con 50 años de edad al finalizar 2003 y este era un requisito contemplado en el propio acuerdo del ERE. Los magistrados del TSJA, en ese sentido, zanjaban que el acto impugnado "adolece de un vicio de nulidad de pleno derecho" porque "con carácter previo", la Administración "no ha instado proceso de revisión de acto nulo con dictamen del Consejo Consultivo".

"el cauce legal"

"No se puede, a través de este extraño y contradictorio procedimiento, sortear el cauce legal 'ad hoc' para obtener la finalidad buscada y salvar así o dejar incolume la resolución de la autoridad laboral que autoriza el ERE y decreta quién válidamente se encuentra en el mismo", resume la sentencia. El fallo, además, descarta el incumplimiento de "condición, obligación o compromiso" en la prejubilación" analizada, porque "no existe solicitud, trámite o acuerdo de la Consejería de Empleo que conceda de manera directa al trabajador una ayuda en cantidad concreta", toda vez que sería Mercasevilla, como tomadora de la póliza de seguro de rentas del ERE, la "beneficiaria" de las cantidades libradas por la Administración andaluza.

Pero, no obstante, a día de hoy la Junta de Andalucía no habría ejecutado las citadas cinco sentencias "firmes" que declaran nula la suspensión de las rentas por prejubilación de las que gozaban estos extrabajadores de Mercasevilla, dado que los mismos siguen sin cobrar las retribuciones en cuestión, según ha expuesto Pedro Viruez.

"Nos ofrecieron prejubilarnos sí o sí y estábamos cobrando perfectamente, todos los meses", explicaba al respecto uno de los afectados, según el cual después la Junta les declaró "intrusos", —el termino atribuido a las personas prejubiladas sin tener absolutamente ningún derecho a ello—, y después les calificó como "irregulares", hasta que finalmente las citadas sentencias anularon la resolución de la Junta de Andalucía que suspendía sus rentas.

"tenemos sentencias favorables"

"Los cinco tenemos sentencias favorables y firmes del TSJA, pero a ninguno se nos ha restituido aún el pago" de las rentas, se queja este prejubilado, recordando que en otoño de 2014, el colectivo solicitó la ejecución de las mencionadas sentencias firmes que avalan las rentas.

Sin embargo, y según su testimonio, la Junta de Andalucía "está ejecutando las sentencias de modo que no nos pide la devolución del dinero que hemos cobrado, pero no nos vuelve a pagar porque alega que eso sería ilegal". "Lo que no es legal es lo que está haciendo la Junta", ha criticado insistiendo en que la Junta de Andalucía "no está ejecutando las sentencias en el modo y forma que dictó el TSJA".

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