Mercasevilla reclama "los excesos pagados" a los prejubilados del ERE de 2007 "previa conciliación"

El colectivo de afectados prevé elevar el conflicto al Tribunal Europeo al afrontar la reclamación de las partidas acordadas
Prejubilados del ERE de 2007.
Prejubilados del ERE de 2007.
EUROPA PRESS
Prejubilados del ERE de 2007.

Después de que la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declarase en diferentes sentencias que los prejubilados del expediente de regulación de empleo (ERE) acordado en 2007 por Mercasevilla cobraron indemnizaciones "en exceso", estipulando que sólo tienen derecho a indemnizaciones de "45 días por año y un máximo de 42 mensualidades", la sociedad gestora del mercado central está reclamándoles "los excesos pagados, previa conciliación".

Así figura en la memoria económica que acompaña a las cuentas de Mercasevilla, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento hispalense y la sociedad estatal Mercasa, correspondientes al año 2015, unas cuentas saldadas con pérdidas por valor de unos 5,7 millones de euros.

Según dicho documento, recogido por Europa Press, durante 2014 recayeron "cinco sentencias que afectan a 37 de los 40 prejubilados", —a día de hoy el colectivo habría sufrido tres fallecimientos entre sus filas—, "declarando fraudulento y nulo de pleno derecho el acuerdo" del ERE de 2007 y estableciendo "el derecho a percibir por parte de los trabajadores" indemnizaciones "a razón de 45 días por año y hasta un máximo de 42 mensualidades, descontándose de la cantidad resultante para cada uno de los trabajadores las cantidades que el trabajador haya percibido por la indemnización diferida".

"Dado que para el caso de 36 de los 40 afectados los importes abonados son superiores a la indemnización máxima, se está procediendo a las reclamaciones de los excesos pagados, previa conciliación", figura en la memoria económica de Mercasevilla relativa al año 2015. El colectivo de afectados, de su lado, anunciaba recientemente su idea de elevar el conflicto al "Tribunal Europeo", defendiendo que los trabajadores aceptaron de buena fe acogerse a este ERE y ahora afrontan todo un drama humano al verse en esta situación.

El ere de 2007

El expediente de regulación de empleo acordado en 2007 por Mercasevilla, cuyo coste se elevaba a 9.046.976,95 euros, fue aprovechado por 40 empleados para acceder a la prejubilación. No obstante, sus rentas quedaron en el aire en 2009 al desligarse la Consejería de Empleo de la financiación de este procedimiento sometido a investigación, en el marco de las diligencias incoadas por el Juzgado de Instrucción número seis por la anterior gestión de Mercasevilla y la presunta trama de prejubilaciones fraudulentas y subvenciones arbitrarias financiadas con cargo a la a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.

Y es que aunque entre 2007 y 2008 el por entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Francisco Javier Guerrero, firmó varios documentos mostrando su "conformidad" y compromiso en cuanto al libramiento de fondos para las prejubilaciones de los trabajadores de Mercasevilla acogidos al ERE de 2007, el posterior director general de Trabajo y Seguridad Social Daniel Rivera resolvió que estos actos fueron "meros actos de comunicación huérfanos del sustento de cualquier resolución o convenio".

La decisión del sucesor de Guerrero de desligar a la Junta de la financiación de las prejubilaciones de este ERE motivó un conflicto judicial promovido por el colectivo de prejubilados del expediente de regulación de empleo de 2007, que reclamaba los "compromisos" de pago de dicho procedimiento.

La primera sentencia

La correspondiente sentencia del Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, la primera al respecto, zanjaba finalmente que Mercasevilla es "el único responsable en el pago de las indemnizaciones reconocidas en el ERE", porque la juez consideraba "irrelevante el compromiso personal" formalizado por Guerrero en sus documentos al carecer de "todo trámite administrativo".

Esta sentencia fue recurrida al TSJA tanto por los extrabajadores, que defendían que Guerrero firmó compromisos similares que sí están siendo atendidos por la Junta, como por Mercasevilla en el mismo sentido, y la sala de lo Social del Alto tribunal andaluz, en una sentencia recogida por Europa Press, desestimó plenamente el recurso de los prejubilados y estimó parcialmente el recurso de Mercasevilla.

El fallo del TSJA revocó la sentencia previa y declaró que los extrabajadores tienen derecho a percibir de Mercasevilla sólo "el importe que corresponda por indemnización (...) a razón de 45 días por año y un máximo de 42 mensualidades", siendo descontadas las cuantías ya percibidas y siendo de nuevo declarada Mercasevilla como "responsable" exclusiva del abono de tales indeminizaciones.

Según esta sentencia, los acuerdos del ERE en materia de indemnizaciones "resultan totalmente desmesurados por superar con mucho las indemnizaciones previstas para los supuestos de extinciones contractuales por despido improcedente, máxima indemnización legal prevista". Tales conclusiones, en ese sentido, han sido repetidas por diferentes sentencias recaídas sobre el conflicto en los últimos tiempos.

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