Los consejeros rendirán cuentas en las Cortes a mitad de legislatura en un "minidebate" de política general

Los titulares de cada una de las consejerías de la Junta de Castilla y León tendrán que comparecer en las Cortes regionales una vez finalizado el segundo año de cada legislatura para informar en la correspondiente comisión permanente del grado de cumplimiento de los objetivos de su departamento a modo de "minidebate" de política general.

Los titulares de cada una de las consejerías de la Junta de Castilla y León tendrán que comparecer en las Cortes regionales una vez finalizado el segundo año de cada legislatura para informar en la correspondiente comisión permanente del grado de cumplimiento de los objetivos de su departamento a modo de "minidebate" de política general.

Esta es una de las principales novedades del anteproyecto de Ley que regulará el Estatuto del alto cargo en respuesta a las demandas de la sociedad en todo lo relacionado con la regeneración de la política y del trabajo en política donde la Junta de Castilla y León pretende poner "negro sobre blanco" y dar un paso más a través de la plasmación por ley de esas demandas, como se comprometió además con los grupos parlamentarios, especialmente con Ciudadanos con el que ha suscrito un Acuerdo para la Gobernabilidad de la Comunidad.

Según ha asegurado el consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, con la presentación de este anteproyecto la Junta se adelanta tres meses en su compromiso con la regeneración democrática consciente de que, menos en lo relacionado con los aforamientos, "se puede hacer todo" en ese objetivo de contribuir también a una sociedad más participativa y de modernizar la Función Pública, acordada y firmada con los representantes sindicales de los empleados públicos.

Entre las principales novedades del anteproyecto, "el más valiente y el más novedoso" a nivel nacional, según ha reivindicado De Santiago-Juárez, destaca la imposibilidad de que pueda ser alto cargo una persona que haya sido condenada por sentencia firme o tenga abierto juicio oral por delitos contra la Administración Pública. Tampoco podrá serlo quien haya sido sancionado con el cese por infracción administrativa cometida en el ejercicio de sus funciones.

Ocho años en un puesto

La limitación temporal del desempeño de la presidencia de la Junta de Castilla y León y de las instituciones propias queda regulada de modo que no podrá proponerse para tal cargo a quien ya lo hubiera ejercido ocho años. Asimismo, se limita que una persona pueda ser titular de una misma consejería del Gobierno autonómico más de ocho años, normas que "para no crear dudas" no se aplicarán durante la presente legislatura.

Como novedad, los secretarios generales y los directores generales deberán ser nombrados con carácter general entre empleados públicos, preferentemente funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, del Estado, del resto de las comunidades autónomas o de las entidades locales pertenecientes al subgrupo A1.

No obstante, el consejero ha apuntado a que se podrá nombrar de forma excepcional a quienes no ostenten la condición de empleados públicos en atención a las razones derivadas de las funciones del órgano o de los especiales méritos del candidato, motivados en la propuesta del nombramiento.

Por otro lado, se regula la obligatoriedad de un Código Ético y de Austeridad para los altos cargos de la Administración de la Comunidad que, entre otros documentos, deberán presentar un certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste que están al corriente de sus obligaciones fiscales.

En la elaboración de ese Código participarán las Cortes, a través del debate y las propuestas de resolución que se debatan en la Comunicación de la propuesta que elabore la Comisión de Ética Pública. Asimismo, se exige que cada una de las instituciones propias cuente con su propio Código Ético que deberán aprobar en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor.

También se regulan por primera vez las limitaciones para el desarrollo de actividades en entidades privadas tras el cese, "completando y ampliando el régimen previsto en el Código Ético y de Austeridad".

En el caso de los denominados conflictos de intereses, destaca que los altos cargos no podrán participar en aquellos asuntos y procedimientos en los que existan conflictos de intereses que puedan comprometer el ejercicio de sus funciones con la debida imparcialidad o independencia.

En cuanto a las limitaciones derivadas por los ceses, durante los dos años siguientes al ceso o despido los altos cargos no podrán prestar servicios para entidades privadas de un sector en el que no tuvieran experiencia profesional previa a su nombramiento y sobre el que hubieran tenido responsabilidades durante el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, durante los dos años siguientes a su cese o despido, los altos cargos no podrán prestar servicios en entidades privadas que hubieran sido afectadas por decisiones en las que hubieran participado individual y directamente.

Se regulará también por primera vez un régimen de infracciones cuyas sanciones serán aplicables a los altos cargos por acciones y omisiones en el ejercicio de sus funciones que irán desde el apercibimiento hasta el cese y la imposibilidad de ser alto cargo den un periodo de entre cinco y diez años.

En una de las partes del anteproyecto de ley se detallan algunos aspectos introducidos con el propósito de aproximar a los castellano leoneses las decisiones políticas. Para ello, se modifica la Ley de Gobierno para regular los Consejos de Dirección de las consejerías, exigiendo que periódicamente se celebren fuera de su sede, abiertos a los medios de comunicación y reservando un tiempo para sugerencias y propuestas de los ciudadanos.

Facilidades para ilp

La iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos de la Comunidad también registra cambios ya que se rebaja la exigencia del porcentaje del censo electoral cuyas firmas se exigen para presentar la iniciativa (reducción del 1 por ciento al 0,75 por ciento del censo —unas 15.000) y se permite que una persona -en representación de la comisión promotora- participe no sólo presentando la proposición en el pleno de las Cortes de Castilla y León, "sino también en los debates en comisión y en pleno".

Además se regula una Comisión de Ética Pública en la que participarán además de miembros de la Administración, tres expertos designados entre catedráticos y profesores del ámbito del derecho, otra de las novedades de la futura norma. Esta Comisión deberá elaborar la propuesta de Código Ético y de Austeridad y, además, deberá incoar y resolver los expedientes sancionadores que se tramiten a los altos cargos.

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