Abierto el trámite de información pública para el anteproyecto de la nueva Ley de Coordinación de las Policías Locales

Todos los municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes deberán contar con una plantilla mínima de cinco agentes

La Consejería de Justicia e Interior ha abierto el trámite de información pública para el anteproyecto de Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, aprobado el pasado 23 de febrero por el Consejo de Gobierno de la Junta para actualizar la regulación de un colectivo integrado por más de 12.000 agentes en 529 municipios de la comunidad autónoma.

El texto estará sometido al trámite de información pública durante un plazo de 15 días, hasta el próximo 31 de marzo, para que se puedan presentar las alegaciones al anteproyecto de ley que se estimen oportunas, ha informado el Ejecutivo autonómico en una nota.

En el anteproyecto se establece que todos los municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes deberán contar con una plantilla mínima de cinco agentes de Policía Local. El resto de las localidades podrán disponer de estos efectivos previa autorización de la Junta o bien atribuir las funciones a los denominados vigilantes municipales.

La nueva norma consolidará, además, el modelo de policía de proximidad a la ciudadanía, de especial interés para afrontar nuevas situaciones de gran sensibilidad social. También reforzará las medidas de promoción profesional para aumentar la presencia femenina, cuya ratio de tan sólo el seis por ciento se sitúa en la actualidad por debajo de las de la Policía Nacional, la Guardia Civil o el Ejército, así como para evitar la excesiva concentración de las agentes en tareas administrativas.

En relación con las funciones, el anteproyecto abre la posibilidad de que la actuación de los cuerpos de Policía Local trascienda de su ámbito municipal en situaciones de emergencia y para la prestación de servicios conjuntos. Asimismo, permite la firma de convenios de colaboración entre ayuntamientos para refuerzos de plantillas y el desempeño de funciones de protección de las autoridades.

Respecto a los procedimientos de selección, se recoge como novedad que no podrán formar parte de los tribunales calificadores el personal de elección o designación política, el funcionario interino ni el eventual. Igualmente, la jefatura de la unidad la ostentará preferentemente un miembro de los cuerpos de la Policía Local de Andalucía.

Con carácter general, la edad del paso a la segunda actividad se aumenta en un año para cada escala y se especifica que se desarrollará preferentemente en la propia plantilla del cuerpo, frente a la actual prioridad referida a "otras plazas del área de seguridad".

El anteproyecto también incluye entre las causas de paso a la segunda actividad el riesgo durante la lactancia natural y permite a las mujeres policías participar en procedimientos de movilidad o promoción mientras están en esa situación, a fin de no limitar sus posibilidades de promoción.

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