Tribunales.-Diez meses de cárcel y casi 2.000 euros de multa por construcción ilegal en Parque Sierra de Aracena

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva ha condenado, tras una sentencia de conformidad, a diez meses de prisión y a pagar casi 2.000 euros de multa por un delito contra la ordenación del territorio, así como la inhabilitación especial por seis meses para oficio de promotor y de promotor-constructor, a un padre y a sus dos hijos por llevar a cabo construcciones en distintas parcelas, en suelo rústico y sin las perceptivas licencias, en el término municipal de Aracena, en el Parque Natural de Aracena y Picos de Aroche.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva ha condenado, tras una sentencia de conformidad, a diez meses de prisión y a pagar casi 2.000 euros de multa por un delito contra la ordenación del territorio, así como la inhabilitación especial por seis meses para oficio de promotor y de promotor-constructor, a un padre y a sus dos hijos por llevar a cabo construcciones en distintas parcelas, en suelo rústico y sin las perceptivas licencias, en el término municipal de Aracena, en el Parque Natural de Aracena y Picos de Aroche.

El juez considera probado que uno de los hijos, a través de su empresa de construcción, instaló en 2013 una caseta prefabricada para vivienda sobre base fija de hormigón y con porche sin enlucir de unos 150 m2 en una finca, propiedad de su padre, también condenado, encontrándose la citada edificación situada en suelo no urbanizable (rústico) de especial protección, por estar enclavada dentro del Parque Natural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche, según ha podido confirmar Europa Press.

Este hombre no solicitó autorización de la Dirección del Parque Natural ni licencia municipal, así como tampoco las solicitó para cerrar la finca con malla ganadera, y lo instalado, con luz eléctrica, agua, aire acondicionado, dos habitaciones, baño sin fosa séptica con vertido directo de residuos y cocina es "incompatible" con la normativa protectora del Parque Natural y con las NNSS de Aracena que prohiben nuevas viviendas sin vinculación con usos agrícolas-ganaderos-forestales o en fincas donde ya existen otras similares.

A su vez, en la misma parcela existía una edificación en ruinas para la que el padre solicitó un proyecto de rehabilitación de nave aperos de 110 m2 y sin esperar la licencia, que se concedió, con informe favorable condicionado del parque, en diciembre de 2013, inició las obras junto con sus hijos.

Por otro lado, dos de los condenados, entre los años 2004 y 2011, con licencia e informe favorable del parque concedidos en 2002 pero exclusivamente para rehabilitar una majada de 18 m2 — refugio del ganado—, construyeron una vivienda-chalet de unos 65 m2 con fin de segunda residencia —con dos tiros de chimenea, salón, cocina, baño y dos dormitorios—.

A su vez, instalaron desde esas fechas hasta el año 2013 una piscina sobre base de hormigón con depuradora y realizaron obras de canalización de un arroyo con embalse de agua, caseta de obra para pozo, pozo de agua y construcción-rehabilitación de la majada autorizada.

Del mismo modo, el padre solicitó tramitar un proyecto de actuación de utilidad pública e interés social para casa de turismo rural, que fue aprobado en mayo de 2010 pero no presentó posteriormente la documentación complementaria requerida, por lo que no se culminó y por ello las obras ejecutadas carecían de licencia válida, pidiendo el hijo otro proyecto con posterioridad.

Detectadas las obras por agentes del Seprona en el verano de 2013, se denunciaron ante el Juzgado en octubre en lo referido a la primera parcela, donde fueron paralizadas las obras y precintada la vivienda, por lo que el Ayuntamiento incoó expedientes sancionadores y de restauración de la legalidad.

No obstante, antes del juicio, los condenados retiraron la piscina y el muro anexo, legalizado la majada-gallinero en 2015, se ofrecieron retirar una vez levantado el precinto sobre la misma la caseta prefabricada e iniciaron los trámites del proyecto de actuación para legalizar como vivienda de turismo rural básica una de las construcciones, sirviendo esto como atenuante.

Demolición de las construcciones

Por último, como responsabilidad civil, se ha acordado la demolición de las construcciones reseñadas en la conclusión primera a cargo de los acusados y previa elaboración por los mismos de un proyecto técnico que, con licencia del Ayuntamiento y el visto bueno de la Dirección del Parque Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, garantice la restauración total del espacio natural afectado.

En relación con la otra sólo procederá su demolición si la tramitación del proyecto de actuación para su legalización como vivienda básica de turismo rural no culmina de forma favorable en plazo de un año. Así, de no realizar las demoliciones preceptivas, las ejecutará la Administración a su costa embargándoles bienes suficientes para asumir su coste y acordándose en todo caso el comiso de las construcciones.

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