El PP insiste en que la jefatura del Cuerpo de la Policía Local de Palma solo puede ser desempeñada por el alcalde

El grupo municipal del PP ha insistido este viernes, a través del concejal Fernando Rubio, en que el "único jefe de la Policía Local de Palma es el alcalde", tal como se establece en la Ley de Bases de Régimen Local.

El grupo municipal del PP ha insistido este viernes, a través del concejal Fernando Rubio, en que el "único jefe de la Policía Local de Palma es el alcalde", tal como se establece en la Ley de Bases de Régimen Local.

Eso significa, según ha señalado el regidor popular en un comunicado, que "solo el alcalde puede impartir órdenes o instrucciones a los miembros del Cuerpo, sin que estas funciones sean susceptibles de poder ser delegadas a ningún otro responsable municipal, ni tampoco al concejal de Seguridad Ciudadana".

Así se ha manifestado Rubio después de que la edil delegada de esta área, Angélica Pastor, se mostrara "poco explícita", durante su comparecencia plenaria de este jueves, solicitada a instancias del PP, al contestar a la pregunta de si en algún momento de la presente legislatura había hecho llegar órdenes a los efectivos policiales, competencia que, por ley, quedaría completamente fuera de su marco de atribuciones.

Según Rubio, Pastor recurrió en el pleno a un informe del secretario municipal, como máximo responsable jurídico de la corporación, para defender la delegación de funciones del alcalde al concejal de Seguridad Ciudadana.

Sin embargo, el informe, fechado el 5 de mayo del pasado año, se limita a certificar que la edil puede, en el ejercicio de su cargo, "emprender medidas cautelares a miembros de la Policía Local, ya que las mismas son de carácter administrativo", precisa el regidor del PP.

Competencias indelegables

De hecho, según constata Rubio, la ley de bases de régimen local, en los apartados 4 y 5 del artículo 124, "establece claramente que solo el alcalde puede desempeñar las funciones ejecutivas asociadas a la jefatura del Cuerpo y que, además, este tipo de competencias son indelegables".

En la práctica, la disposición de la mencionada normativa "inhabilita a Pastor y a cualquier otro regidor que no sea el primer edil a instruir órdenes en la Policía Local", advierte al respecto.

Sin embargo, a preguntas de Rubio, "la regidora de Seguridad Ciudadana no especificó si esta situación no contemplada en la Ley se había llegado a producir en su departamento durante esta legislatura", ha constatado.

Por otro lado, Rubio ha aclarado que el PP "no cuestiona ni pone en duda las competencias administrativas de la edil de Seguridad Ciudadana, que la facultarían, por ejemplo, para imponer sanciones en el ámbito de su área", que es la atribución que se le reconoce en el informe del secretario municipal, apostilla el popular.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento