Condenado a 12 años por maltratar a su pareja desde el inicio de la convivencia

  • El condenado le propinaba a su víctima empujones, golpes en diversas partes del cuerpo y tenía actitudes de menosprecio y humillaciones constantes.
  • El acusado le reprochó a la víctima haber mirado a un hombre, y por ello le dio un tirón de pelo y una bofetada.
  • Tras otra agresión, el acusado se acostó obligando a la víctima a desnudarse y obligarle a mantener relaciones sexuales.
Imagen de los juzgados de Córdoba.
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Imagen de los juzgados de Córdoba.

La Audiencia de Córdoba ha condenado a un hombre de 32 años, a 12 años y 6 meses de prisión por los delitos de agresión sexual, maltrato habitual, y tres delitos de lesiones, contra la mujer con la que convivió cinco meses en Córdoba.

En su sentencia, contra la que cabe recurso, el presidente de la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba ha considerado probado que el acusado, condenado en cinco ocasiones por delitos de violencia de género, desde el comienzo de la convivencia con su pareja en junio de 2014 y hasta que aquélla finalizó cinco meses después, a mediados de noviembre, le infligió todo tipo de agresiones físicas y verbales.

Concretamente, el condenado le propinaba a su víctima empujones, golpes en diversas partes del cuerpo y tenía actitudes de menosprecio y humillaciones constantes y amenazas tanto a ella como a su círculo familiar.

La primera agresión

El magistrado ha considerado probado que al poco de iniciarse la relación, el acusado le reprochó a la víctima haber mirado a un hombre, y por ello le dio un tirón de pelo y una bofetada.

A partir de ahí, el comportamiento violento del acusado ya no cesó, de tal manera que, entre otras, pueden destacarse diferentes acciones, como la ocurrida en agosto de 2014 en el establecimiento donde trabajaba la víctima.

En esa ocasión, contrariado por haber mirado a un joven que pasaba por delante del escaparate del establecimiento, el acusado rompió el palo de un recogedor sobre el muslo de una de las piernas de la víctima.

Posteriormente, una semana antes de la denuncia, el acusado le reprochó a la víctima que había mirado con deseo al carnicero de un supermercado, dándole por ello una bofetada y atemorizándola con que le iba a desfigurar la cara.

Finalmente, antes de la indicada denuncia y al dirigirse ambos a la parcela de una vecina, por discusiones similares le propinó un mordisco en una oreja.

Por otro lado, en noviembre de 2014 el acusado, por causas similares, tuvo una discusión con la víctima en el camino de regreso a casa de sus padres, durante la cual le agarró de los pelos y le dio un puñetazo a la altura del oído.

Al día siguiente, cuando la pareja llegó al lugar donde se hallaba una caravana en la que desde hacía unos días residían, en el curso de otra discusión el acusado le propinó a la víctima varias patadas y puñetazos, que se repetían cada vez que ella le respondía que no la había sido infiel, hasta que en un momento determinado el ahora condenado blandió una navaja que trató de colocar a la altura del cuello de la mujer.

Tras esta agresión, el acusado se acostó obligando a la víctima a desnudarse y obligarle a mantener relaciones sexuales.

Por todo ello, el hombre ha sido condenado a 12 años y seis meses de prisión además de indemnizar a la víctima con 4.445 euros y, una vez cumplida la condena, deberá estar sometido a 8 años de libertad vigilada.

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