Servicios Sociales regula el servicio de tutela de personas adultas incapacitadas judicialmente

El Consell de Govern ha aprobado, a propuesta de la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación, el Proyecto de Decreto por el que se regula el servicio de tutela de las personas adultas incapacitadas judicialmente.

El Consell de Govern ha aprobado, a propuesta de la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación, el Proyecto de Decreto por el que se regula el servicio de tutela de las personas adultas incapacitadas judicialmente.

Se trata de una regulación normativa que define las condiciones materiales, funcionales y de recursos humanos mínimas que tienen que cumplir las entidades tutelares para garantizar unos servicios sociales de calidad y que se ajusten a las necesidades de las personas destinatarias, que, en la mayoría de los casos, no son capaces por sí mismas de exigir unos servicios mínimos ni tampoco tienen familiares o personas próximas que puedan reclamar o quejarse en su nombre.

Según ha señalado el portavoz del Govern en rueda de prensa, Marc Pons, se trata de un colectivo "especialmente vulnerable, destinatario prioritario y urgente de los servicios sociales y al que pretende dar respuesta este decreto".

Se entiende como entidad tutelar la encargada del ejercicio directo de la tutela y otras figuras de guarda y cuidado de personas declaradas incapacitadas por la autoridad judicial, cuando no se puedan encargar estas tareas a familiares u otras personas físicas o jurídicas.

Las entidades que actualmente prestan los servicios de tutela en el ámbito de la Comunidad Autónoma se tienen que adaptar a este Decreto en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.

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