Tribunales.-TSJA desestima el recurso de un profesor de Sanlúcar que atribuye su despido a su homosexualidad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalulcía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por un profesor del colegio concertado Casalancio Hijas de la Divina Pastora en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), que atribuyó como causa de su despido a su condición de homosexual, al considerar que el centro ha acreditado que el cese "fue ajeno a esta circunstancia".

El Tribunal Superior de Justicia de Andalulcía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por un profesor del colegio concertado Casalancio Hijas de la Divina Pastora en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), que atribuyó como causa de su despido a su condición de homosexual, al considerar que el centro ha acreditado que el cese "fue ajeno a esta circunstancia".

Según la sentencia del TSJA a la que ha tenido acceso Europa Press, el profesor presentó un recurso de suplicación a la sentencia dictada en el Juzgado de lo Social número tres de Jerez de la Frontera, que desestimó la demanda interpuesta del profesor por su despido, al declararlo procedente, ya que le terminaba el contrato y no le fue renovado.

En la demanda, el profesor alegaba como una de las justificaciones de su no renovación de contrato su condición sexual, señalando que tres años antes del despido, y al tener una "excelente relación personal y de confianza" con la directora del centro, puso en su conocimiento mediante un correo electrónico que era homosexual.

Un hecho que según señala la sentencia la directora del centro en Sanlúcar informó a la Dirección en Sevilla, "no objetando nada al respecto la titularidad, lo cual comunicó al profesor, ya que se encontraba intranquilo al respecto".

Asimismo, la sentencia indica que desde que comunicado su condición de homosexual y hasta la fecha de la extinción del contrato, "el centro educativo, conocedor de la condición sexual del actor, no había adoptado ninguna decisión o medida laboral contra el mismo motivada por tal causa".

No obstante, el profesor, una vez que el Juzgado de lo Social no le da la razón, presenta un recurso de suplicación ante el TSJA, al considerar que su despido es "nulo por estar motivado por su orientación sexual".

Para ello, solicitó la revisión de la mayoría de los hechos que componen la sentencia, "introduciendo una serie de presunciones, juicios valorativos, incluso infracciones jurídicas", que según el TSJA, "no tienen cabida en el relato fáctico".

Asimismo, el profesor alegó la vulneración de la Constitución y de Derechos Fundamentales de Unión Europea, lo cual ha sido desestimado, ya que, según los Fundamentos de Derecho de la sentencia del TSJA, aunque es un hecho notorio que el recurrente es homosexual, y así se lo hizo saber a la dirección del centro, se considera acreditado por parte del centro que "su cese fue ajeno a esta circunstancia".

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