El Tribunal Supremo ha confirmado la obligación de la Comunidad Autónoma de Baleares de convocar en el plazo establecido el concurso de méritos para la apertura de nueve farmacias que fueron autorizadas por el Govern mediante tres resoluciones fechadas en 2009.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por la Abogacía balear y ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) que anuló la resolución administrativa, de 7 de marzo de 2013, que rechazó la convocatoria inmediata de esta convocatoria.
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