La entrada de casos a los juzgados de Valencia baja a la mitad al quedarse Policía robos y estafas de autor desconocido

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que entró en vigor el pasado 6 de diciembre, ha permitido reducir a la mitad en tan solo 10 días los asuntos que llegan a los Juzgados de Instrucción de Valencia al eliminarse los de autor no conocido. Esta medida no supone menos trabajo judicial, pero sí la limitación de atestados que acababan archivándose, lo que quitaba tiempo a funcionarios y secretarios judiciales --tras la reforma estos últimos han pasado a llamarse letrados de la administración de justicia--.
Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia
Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia
EUROPA PRESS
Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que entró en vigor el pasado 6 de diciembre, ha permitido reducir a la mitad en tan solo 10 días los asuntos que llegan a los Juzgados de Instrucción de Valencia al eliminarse los de autor no conocido. Esta medida no supone menos trabajo judicial, pero sí la limitación de atestados que acababan archivándose, lo que quitaba tiempo a funcionarios y secretarios judiciales —tras la reforma estos últimos han pasado a llamarse letrados de la administración de justicia—.

Con la puesta en marcha de la nueva ley, los jueces de Valencia han analizado la repercusión del artículo 284 en los Juzgados de Instrucción, que contempla que cuando no exista autor conocido en la comisión de un delito, la Policía Judicial será la que conservará el atestado hasta que practique diligencias y esté más avanzado antes de mandarlo al juzgado.

El cambio con la entrada en vigor de la reforma de la Lecrim es que anteriormente, ante cualquier robo o estafa pequeña sin autor conocido —sustracciones de cartera o pérdidas de carnet, por ejemplo—, se remitían las actuaciones al juzgado, órgano que se veía obligado a sobreseer las actuaciones en más del 90 por ciento de los casos puesto que no al no encontrar al autor, no se podía perseguir el delito.

Con la nueva normativa, es la Policía la que se queda con los atestados por hechos sin autor conocido para avanzar diligencias salvo en cuatro casos: cuando se trate de delitos contra la vida, contra la integridad física, contra la libertad e indemnidad sexuales, y delitos relacionados con la corrupción.

Esta circunstancia ha permitido limitar el número de asuntos que llegan a los Juzgados de Instrucción y que en la mayoría de casos estaban abocados a ser archivados. En concreto, en 10 días —del 6 al 16 de diciembre— estos órganos judiciales han registrado 1.734 asuntos frente a los 3.295 del mismo periodo del ejercicio anterior, lo que supone una disminución del 47,7%, según consta en los primeros análisis a los que ha tenido acceso Europa Press.

Descensos del 78%

Así mismo, en un único día, el 6 de diciembre, jornada en que entró en vigor la reforma de la ley, los asuntos registrados en estos juzgados de Valencia bajaron un 43,4% respecto al 6 de diciembre de 2014, al pasar de 210 a 119. En algunas jornadas analizadas —días 12 y 13 de diciembre— los descensos llegaron al 78,3% y al 74,1% respectivamente.

De esta forma, con esta medida llegan a los juzgados los casos que probablemente permitan y requieran de una instrucción, con lo que se tratará de asuntos reales y posibilitará obtener una imagen verídica de los módulos de entrada en estos órganos judiciales, ya que no se valorará únicamente la cantidad sino la calidad de los asuntos que se deben abordar.

La consecuencia inmediata supone, además, eliminar trabajo mecánico a funcionarios y letrados de la administración de justicia, con lo que tendrán más tiempo para dedicarse a otros asuntos más complejos o que requieran una mayor instrucción. En resumen, disminuye el trabajo burocrático innecesario y de atestados que acababan archivándose, lo que permite una mejor organización y que las estadísticas sobre asuntos de entrada en juzgados sean más fiables.

Esta medida ya fue propuesta en el año 2009 por los jueces de Valencia para agilizar los procedimientos. Se trasladó a los jueces decanos de España y de ahí al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Años después, con esta última reforma, se ha tomado en cuenta esta consideración y finalmente se ha incorporado a la normativa.

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